La comunidad de bienes es un contrato de sociedad con arreglo al código civil, cada día se constituyen más sociedades civil, ya que te evitas ir al notario y los costes de registros. Funciona de la siguiente manera: Hay que hacer un contrato de sociedad, aportando un capital, si aportáis bienes se llaman comunidades de bienes, no existe norma en cuanto al capital. Con esa contrato, vas ha hacienda pides un CIF provisional que se hace rellenando un 036 y aportando una copia del contrato de sociedad (puede ser una fotocopia), con el cif provisional liquidas en tu comunidad autónoma el impuesto de actos jurídicos documentados, que es un porcentaje sobre el capital, este % varia según comunidades pero con creo que pase del 1%,(Tienes que presentar al menos tres copias de la sociedad una de las copias se la quedan ellos, otra original para ti, y otra para entregar en hacienda). Con ese ejemplar que es para hacienda vuelves a hacienda y solicitas el cif definitivo y te das de alta que puede ser provisional -si no vas ha empezar ha funcionar de inmediato- o definitivo