Indemnización fin de cto 8 días/año

Hola,
Quisiera saber si para el cálculo de la indemnización de 8 días por año trabajado por extinción de contrato temporal, se ha de tener en cuenta la prorrata de pagas extras. Siempre he tomado como base el bruto (conceptos que entran en extras), pero ahora me dice otra persona que se ha de coger la base de cotización y no encuentro que la legislación lo especifique.
Respuesta
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Debes coger todos los conceptos salariales que hayas venido percibiendo. Esto incluye tanto pagas extras como cualquier otro concepto salarial.

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