Despido en viernes

Tengo un contrato de obra con 1 año de antigüedad, y me han comunicado que causo baja el 10 de Octubre (viernes).
¿En la liquidación deberían pagarme hasta el día 12 (domingo) por que ya he devengado
el fin de semana, o no?

2 Respuestas

Respuesta
1
Si tu descanso semanal es el sábado y el domingo y has trabajado esta semana completa habrías generado el derecho al descanso semanal y deberían pagarte el sábado y el domingo.
Respuesta
1
Si en la carta de comunicación del despido aparece como fecha 10 de Octubre (viernes) y la baja efectiva en la seguridad social se produce ese mismo día, en la liquidación deberán pagarte hasta ese mismo día en que se entiende realizado el despido (Viernes 10 de Octubre)

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