Formación fuera de jornada laboral

Mi pregunta va sobre el tema de las formaciones a cargo de la empresa.
Tengo entendido que la formación fuera de jornada laboral no es obligatoria. Si estoy equivocado por favor corrígeme. En este caso en concreto, es una formación especifica para el desarrollo del puesto de trabajo y la dirección nos informa que al tratarse de formación para el puesto de trabajo en concreto, es obligatoria. Y al ser obligatoria sino se puede asistir se tiene que jystificar por escrito dando los motivos.
¿Esto es correcto?
¿Yo tengo que dar explicaciones de lo que hago o no hago en mi vida privada?
¿Tengo qué justificarlo, como si fuese una justificación de jornada ordinaria?
¿Hay alguna sentencia sobre el tema en concreto?

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La formación fuera de la jornada laboral, será obligatoria, cuando los conceptos a enseñar versen sobre EL PUESTO DE TRABAJO Y SUS FUNCIONES. En caso contrario no sería obligatoria. Si es fuera de jornada, la empresa debe adaptarse al trabajador, y no al contrario, debiendo remunerar dicha formación.
Una empresa está creada para ganar dinero, otra cosa es que deban adecuarse a la ley.
En tu caso particular, dar explicaciones de lo que uno hace fuera de su jornada laboral, no es admisible, pues contempla las causas previstas en el ET de discrimación.
En este caso, podrías justificar tu imposibilidad de acudir a dicha formación, pero si se basa en conceptos básicos del puesto de trabajo, la empresa podría tener un motivo para justificar tu despido, y de cara a un juicio laboral, no está muy bien visto por el juez.
Te recomiendo que si no puedes acudir, lo justifiques documentalmente. En caso de que asistas, y si la formación es superior a una hora al día durante una semana, podrás pedir que te abonen la asistencia.
Espero haberte ayudado. Disculpa el retraso, pero me plantean casi 5 consultas diarias. Si la respuesta ha sido de tu agrado.

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