Curso prl dentro de contrato

Estando contratada con mi empresa, esta me inscribió en un curso de prevención de riesgos laborales de 30h. Un archivador llegó a mi domicilio, y ni siquiera se dignaron a explicarme por qué tenía que hacer este curso o en qué tiempo, ya que llevaba dos meses contratada y nunca me hablaron de formación. Realicé el curso de prl, y debo decir que invertí más de 3oh, y lo hice dentro de mi horario personal, ya que no me permitieron hacerlo dentro de la jornada de trabajo. Han pasado unas semanas y no me han compensado, ni remunerado ese tiempo, y sé que ellos reciben una subvención por que yo haya realizado dicho curso. Ya que el articulo 19 de la ley de prl dice que se debe formar siempre dentro de horario laboral, o en caso de que sea imposible, que se compute...¿Puedo afirmar sin tapujos que me están tomando el pelo?
Por otro lado mi contrato es del tipo 402. En este contrato consta que yo hago 40h/sem en un horario concreto, sueldo según convenio(el de la empresa). Me pagan por día trabajado, es decir, que si un miércoles es festivo, no lo trabajo, por tanto no lo cobro. Si por lo que sea trabajo algo más un mes, en número de horas, ganaría más, porque tamb he metido más horas. Lo que realmente me pregunto es si es legal que no se me remuneren los festivos, y es que en el convenio dice que sólo consideran festivos los propios de la comunidad y los locales, no los nacionales.
Sin más me despido a la espera de su respuesta, porque podría estar horas escribiendo irregularidades de mi empresa.

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La legislación laboral prevé la formación fuera de la jornada laboral cuando sea voluntaria. En tu caso, por lo que cuentas fue obligatoria, es decir tendría que haber sido dentro de tu jornada laboral.
Si se hace fuera de la jornada laboral, la jurisprudencia marca que o se pague como hora normal (no extra) o se compense como descanso.
La empresa no es que reciba una subvención por ella. La empresa recibe una subvención para gastárselo en formación, la cual debe acreditar ya que si no, no le dan ese dinero. También he de decir, que esa formación que has recibido, no se la queda la empresa. Si se rompe la relación contractual que tienes con tu empresa, el titulo del curso realizado va contigo y puede que te sirva para encontrar empleo en otra empresa.
Respecto a lo de los días cobrados y tu contrato, supongo que pertenecerás al convenio de la construcción. Dicho convenio recoge que los días festivos no se cobran algunos conceptos, ya que son por día efectivamende trabajado (por ejemplo plus de transporte), pero hay otros que sí que se cobran.

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