Liquidaciones al finalizar el contrato

Buenos días.
Tengo una empresa que despide a sus trabajadores antes de hacer el año para no hacerlos fijos, y entonces ahora a la hora de hacerle las nominas, no se si hacerle la liquidación correspondiente por finalizar el contrato, ya que esta empresa no quiere pagar mucho más de seguros sociales, pero es que yo les estoy aconsejando que es lo mejor, porque les pueden llamar la atención.
Entonces mi pregunta es, ¿si es obligatorio hacer la liquidación? Y sino se hace ¿Qué consecuencias puede tener?
Muchas gracias, Saludos!
Respuesta
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El finiquito es obligatorio ante el despido ya que el trabajador debe percibir aquello que el empresario le adeuda, y que tiene derecho por ley o por convenio colectivo.
Está compuesto por:
- Los salarios del último periodo.
- La parte proporcional a las vacaciones no disfrutadas.
- Las cantidades correspondientes a conceptos que habitualmente se abonan con retraso por requerir cálculos que no pueden hacerse anticipadamente, como son las primas de productividad o las horas extraordinarias.
- Y todas las cantidades pendientes de pago por cualquier motivo.
Las consecuencia que puede acarrear sería que el empleado previa papeleta de conciliación en el SMAC y sin llegar a avenencia alguna con el empresario recurra vía jurisdiccional para que se le abonen las cantidades adeudas.
Cualquier consulta, [email protected]
Muchas gracias, es que siempre dudo con este tema, porque el empresario no quiere pagar, pero yo quiero que se haga todo correcto y siempre estoy entre la espada y la pared.
Gracias por todo, saludos!

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