FOGASA, límite de indemnización
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Hola, una pregunta que nadie me aclara:
Empresa de menos de 25 trabajadores que procede a un despido objetivo art.52.c). La empresa pone a disposición del trabajador el 60% de la indemnización y le comunica la posibilidad de obtener el 40% directamente del FOGASA.
Qué ocurriría en el caso de que el salario diario incluida p.p.e. Es de 110 €, cuando el límite del FOGASA es de 74,68 €.
¿Quién se hace cargo de la diferencia (110 - 74,38 €)?, ¿La empresa?, si es así, por qué procedimiento ¿reclamación de cantidad?, ¿Y si resultase la empresa insolvente?.
Podría derivarse la nulidad/improcedencia del despido al no pagar la empresa la indemnización correcta, porque aún habiendo abonado el 60% sobre la indemnización legal de 20 días, el exceso del límite del 40% restante el trabajador no lo cobrará del fogasa, y eso debe ser conocido por la empresa.
Gracias anticipadas
Hola, una pregunta que nadie me aclara:
Empresa de menos de 25 trabajadores que procede a un despido objetivo art.52.c). La empresa pone a disposición del trabajador el 60% de la indemnización y le comunica la posibilidad de obtener el 40% directamente del FOGASA.
Qué ocurriría en el caso de que el salario diario incluida p.p.e. Es de 110 €, cuando el límite del FOGASA es de 74,68 €.
¿Quién se hace cargo de la diferencia (110 - 74,38 €)?, ¿La empresa?, si es así, por qué procedimiento ¿reclamación de cantidad?, ¿Y si resultase la empresa insolvente?.
Podría derivarse la nulidad/improcedencia del despido al no pagar la empresa la indemnización correcta, porque aún habiendo abonado el 60% sobre la indemnización legal de 20 días, el exceso del límite del 40% restante el trabajador no lo cobrará del fogasa, y eso debe ser conocido por la empresa.
Gracias anticipadas
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Respuesta de dlaboral_es
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