Indemnización mínima

¿Existe actualmente una indemnización mínima a pagar por la empresa para tener derecho a la prestación por desempleo? Un amigo me ha dicho que son 35 días pero no acabo de darle crédito. ¿Qué pasa si te despiden improcedentemente a los 6 meses de estar trabajando? Legalmente eso supone 22,5 días de indemnización. ¿Te quedas en la calle sin un duro a pesar de que lleves 10 años cotizando?

1 respuesta

Respuesta
1
Si son 30 días por año, por supuesto proporcionales, es decir si lleva 6 meses 15 días. En cualquier caso si un despido se reclama judicialmente se consigue paro aunque sea declarado procedente y no cobres indemnización, basta con la sentencia. En el caso de acuerdo debe figurar en este que la indemnización supera los 30 días año para cobrar prestación por desempleo (como le he dicho en caso de menos de un año proporcional).
Llevo 10 meses en la empresa por tanto en caso de acuerdo en este debe constar que me indemnizan por un mínimo de 25 días. ¿Verdad? En caso de ser declarado procedente tengo también derecho a paro lo sé, pero tienen que transcurrir ¿3 o 6 mese antes de poder empezar empezar a cobrarlo?
Muchas gracias de nuevo
A ver si la empresa y usted acuerdan finalizar de mutuo acuerdo la relación y digamos "arreglar su paro" cosa que es ilegal y de averiguarse puede traer sanciones, deberían plasmar el acuerdo en el SMAC (servicio de arbitraje y conciliación) es decir la empresa le despide por un motivo en principio justificado, usted la demanda y en la conciliacio previa a la demanda judicial llegan a un acuerdo, que se plasma en un acta de conciliación, en dicha acta debe figurar que la indemnización pactada supera los 30 días año (así 30 días año como lleva menos de un año pues serian 25 o lo que le correspondiera) y cobra el paro desde la fecha del acta de conciliación. En el caso de despido procedente cobra el paro desde la fecha de despido, eso si se lo empiezan a pagar cuando hay una sentencia firme, que suele tardar entre dos y tres meses, depende lo que se tarde en presentar las demandas y lo que tarde el juzgado en la sentencia, pero no suele superar en ningún caso tres meses.
En cualquier caso le recomiendo acuda a un Graduado Social ya que un error de tramite o de procedimiento puede dejarle sin prestación por desempleo.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas