Salarios pendientes de pago

Donde trabajo han presentado un pre concurso de acreedores. Me deben las nóminas de diciembre, extra de Navidad, enero, febrero y marzo. ¿Hago una reclamación de cantidades?

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Pues a mi entender debería instar una extinción del contrato por incumplimiento grave del empresario (falta de pago de las nóminas) y reclamación de cantidad.

Puedo llevar su caso si lo desea. Póngase en contacto conmigo en [email protected]

Pero si decido quedarme en la empresa ¿qué es mejor? esperar o reclamar el impago de salarios ya que se ha presentado el pre concurso; por que en caso de pre concurso y a lo mejor concurso ya figura la deuda que tienen conmigo. ¿No es así?

La deuda la tienen con usted de todos modos, ahora bien no es lo mismo tenerla reconocida y con sentencia anterior a la declaración de concurso que después.

Si usted se queda en la empresa y esta no tiene viabilidad (dudo que la tenga si está dejando de abonar los salarios) lo más seguro es que soliciten un despido colectivo en el que sólo le corresponderán 20 días de salario por año de servicio y probablemente tenga que cobrarlo de FOGASA con lo que perdería sus derechos.

En cambio si demanda por lo que le contesté en mi primera respuesta y se gana le correspondería una indemnización mayor (45 días de salario por año de servicio hasta febrero de 2012 y 33 días desde ahí hasta la fecha del despido)

En cualquier caso es su decisión, pero le comunico que puedo llevar su asunto si lo desea. Puede ponerse en contacto conmigo en [email protected]

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