Despido improcedente en declaración renta 2013

El año pasado en abril me despidieron. Como estaba de acuerdo en los términos los denuncie y a finales de julio llegamos a un acuerdo antes de entrar a juicio de que me pagara mensualmente desde septiembre del año pasado una cantidad fija mensual hasta culminar con la indemnización. Mi pregunta es ¿se declara? ¿Qué cantidad?

Por otro lado, mis hijas de 5 y 7 años tienen rtos de su cuenta del banco y han tenido retenciones ¿cómo se declara?

1 respuesta

Respuesta

En la declaración de renta, las cantidades, sólo, de indemnización no se declaran, están exentas.

La renta de los ingresos bancarios de tus hijas, igual que las tuyas en rendimientos del capital mobiliario, ya que creo que la harás conjunta.

Muchas gracias por tu contestación.

En las cantidades están incluidos también atrasos. ¿Eso entonces sí se declara?

Sí, los atrasos deben declararse dentro del ejercicio en el que se cobran. Como mayor salario.

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