¿Puede una empresa declara como "atraso" el pago de una indemnización por despido?
Me despidieron en noviembre del 2007 y estuve de pleitos hasta abril del 2011 cuando llegué a un acuerdo de indemnización con la empresa. El pacto fue fijar una cantidad neta de indemnización la cual se elevó a un bruto (considerando la fiscalidad del 2011).
Pues bien al final del monto total había:
- Una cantidad exenta (45 días por año) que la empresa ha declara en el 2011.
- Una mayor indemnización que se considera renta irregular (blindaje). La parte exenta 40% la declara en el 2011 pero la no exenta 60% la ha declarado como ATRASO DEL 2007.
El tema es que os cálculos fiscales se hicieron según mi situación fiscal del 2011 (sin ingresos) y si ahora tengo que hacer una complementaria al 2007 tendría que pagar mucho más de lo retenido por que en 2007 sí cobre casi el año completo de la empresa.
Me parece que la empresa no lo está haciendo bien por que que yo sepa las indemnizaciones por despido corresponden al año en que se acuerdan y se pagan y no se puede considerar como renta devengada en años anteriores... Lo que pasa es que no se qué argumentos legales usar.
Tengo claro que es la ultima faena que me quiere hacer la empresa incluso después de haber solucionado nuestras diferencias.