Excedencia

Hola, Vieito.
Tengo intención de poner en marcha un proyecto personal y estoy estudiando solicitar una excedencia de tres años en mi empresa para hacerlo. Aunque se trate de excedencia voluntaria, el convenio me garantiza la reserva del puesto de trabajo. Tengo claro que reúno los requisitos y cuál es el procedimiento, pero me gustaría aclarar dos dudas:
1.- Si una vez finalizado el periodo de excedencia y habiendo solicitado el reingreso en tiempo y forma, la empresa no me readmitiese, ¿se considera despido? ¿Yo tendría derecho a la indemnización? ¿Y a la prestación por desempleo (habría estado tres años sin cotizar)?
2.- Si durante mi periodo de excedencia la empresa realizase una regulación de empleo, ¿los efectos en mi caso serían los mismos que si estuviese trabajando? ¿Tendría también derecho a indemnización y prestación por desempleo? Sé que no es así en los casos de excedencia voluntaria sin reserva de puesto, pero no sé qué sucede en este caso.
Gracias anticipadas por la respuesta.

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Se considera despido ya que si el convenio mejora lo que establece el Estatuto de los Trabajadores, tendría la obligación de de readmitirle, en caso contrario habría que demandar y tendría derecho a indemnización si fuera declarado improcedente y a desempleo si no esta dado de alta en el régimen especial de autónomos por la actividad de su proyecto.
En caso de expediente de regulación de empleo la empresa tiene que especificar a que trabajadores afecta el mismo, si le afectara a usted tendría los mismos derechos que los trabajadores en activo de la empresa.

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