Pensión por invalidez

Buenos días: Tengo una pregunta sobre pensión por invalidez y es que tengo un familiar que está jubilado pero por una negligencia medica perdió la visión de un ojo y a parte está operado de la cadera por lo que tiene una pierna más larga que otra y usa zanco en el pie, quisiera saber si ¿podría pedir una pensión por invalidez? ¿Podría cobrar a parte de su pensión de jubilación otra por invalidez? Él aún no ha tramitado los papeles para que le valoren y no ha pasado por el tribunal médico, tan solo tiene los informes médicos de las dos dolencias.

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Si esta persona está cobrando ya una pensión de jubilación, no tiene derecho a cobrar otra pensión por la vía contributiva, ya que el primer requisito de la ley es:
- Ser menor de 65 años o no poderse acoger a ninguna pensión de jubilación.
La pensión de invalidez existe para aquellas personas en edad laboral que no pueden cobrar una jubilación, para garantizar que esta persona subsista al no poder acceder al mercado laboral, si está cobrando ya una pensión, no tiene sentido el cobrar la pensión de invalidez. Sería una suplantación de servicios.
Si se quiere hacer la valoración del grado de disminución, adelante, siempre le puede servir para acceder a algún servicio público o privado (descuentos, acceso a entidades..).
- En el caso de que esta persona tuviera una dependencia, es decir, que no pudiera realitzar las actividades básicas de la vida diaria (ducharse, comer, vestirse..) tendría que solicitar la ley de dependencia.. pero por lo que me explicas creo que no es una persona dependiente, solo que tiene una disminución que le dificulta las tareas pero no se las impide. Cualquier cosa me comentas..
Siento no poderte dar noticias más satisfactorias..
Cualquier cosa, coméntamelo.

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