Crear sociedad

Mi esposa y yo, separados, queremos montar una tienda de ropa, aportando el 50% cada uno y no sabemos el tipo de sociedad que nos vendría mejor, ella sera la empleada y yo el administrador

1 respuesta

Respuesta
1
Por supuesto, aunque la ley no dice en ningún sitio que tu no puedas estar de alta como autónomo, solo tienes que comunicarlo por erscrito a tu jefe y normalmente te lo autorizan, SALVO QUE TENGAS DEDICACIÓN EXCLUSIVA.
La manera de hacerlo es que hacéis una CB o SC y es los estatutos ha de indicarse CLARAMENTE que tu eres socio NO TRABAJADOR, solo capitalista, con lo cual quedas exonerado de darte de alta.
Espero haberte ayudado. Por favor no olvides puntuar. Gracias y un saludo. FULMA
Me ha parecido muy acertada tu respuesta, y en el caso de CB o CS, me dices que cotizaríamos los dos en el régimen especial de autónomos, yo no puedo ya que soy funcionario, ¿alguna solución?.
En caso de querer hacer una sociedad mercantil, Lo mejor sería hacer una S.L., el capital mínimo son 3.006 euros.
Yo para empezar, no haría una sociedad mercantil, sino civil, es decir, Comunidad de bienes ( CB) o una Sociedad Civil ( SC). Los trámites son mucho más sencillos y más baratos, no hay que depositar tal capital, no hay que ir al notario, registro, libros etc.
En caso de CB ó SC, cotizariais los dos en el régimen especial de autónomos, y en hacienda declararía la sociedad, atribuyendo a final de año a cada comunero o socio el 50 % del beneficio o perdida que resulte. Mas adelante y si la empresa crece lo sufiente siempre ewstais a tiempo de constituir la SL.
Como veo que a pesar de estar separados, os lleváis bien, estableced en los propios estatutos de la CB o SC, las funciones importantes de cada uno y así no tendréis problemas en el futuro.
Espero haberos ayudado y resulto las dudas. Por favor no olvides puntuar. Es muy IMPORTANTE. Gracias. FULMA

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas