Gracias de antemano. Me gustaría saber los pasos a seguir para la creación de una tienda de material de oficina y sobretodo en que epígrafe de la IAE la tengo que clasificar y si puede ser en que anexo de la IIAA de cataluña la tengo que poner.
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Respuesta de Adolfo T Dochado Soto
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Adolfo T Dochado Soto, Especialista en Análisis, Organización, Auditoría y Asesoría de...
1º. En cuanto a los epígrafes de IAE le corresponden el 659.2 para las máquinas y aparatos de oficina y el 659.4 para los artículos de papelería. 2º. En cuanto a los requisitos, dependerá de si la empresa es INDIVIDUAL o si quiere constituir una SOCIEDAD. Y en este último caso, del tipo de SOCIEDAD que pretenda constituir. Le adjunto los requisitos para cada forma jurídica. Trámites para constituirla ? Registro Mercantil Central - Certificación negativa del nombre. ? Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (o Comunidad Autónoma) - Calificación de Sociedad Laboral. ? Notario - Escritura pública. ? Consejerías de Hacienda de las CC. AA. - Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. ? Registro Mercantil - Inscripción de la empresa. ? Agencia Tributaria - Número de Identificación Fiscal. - Impuesto sobre Actividades Económicas. - Declaración Censal. ? Ayuntamiento - Licencia de obras. - Impuesto sobre Bienes Inmuebles. - Licencia de apertura. ? Tesorería Territorial de la Seguridad Social - Alta en el régimen correspondiente de los socios trabajadores. - Inscripción de la empresa especificando si se opta por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o por una Mutua para la cobertura de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. - Alta y afiliación de los trabajadores en el Régimen General. ? Consejerías de Trabajo de las CC. AA. - Comunicación de apertura del centro de trabajo. ? Inspección Provincial de Trabajo - Obtención y legalización del Libro de Visitas. - Obtención del calendario laboral. NOTA: Las sociedades laborales gozan con carácter general de una bonificación del 99% en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, y exención en este Impuesto sobre las cuotas devengadas por operaciones societarias de constitución y aumento del capital. Espero que estas observaciones extraídas de mi práctica profesional le resulten de utilidad. Le agradeceré que FINALICE la pregunta VALORANDO mi respuesta A LA MAYOR BREVEDAD. Siendo un foro gratuito, la única retribución de los expertos es la valoración que los consultantes hagan de nuestras respuestas. No dude en formular nuevas consultas para resolver sus dudas.