AntonN

Hola!
Mi mujer es peluquera, quiere trabajar en una peluquería ajena como autónomo, ¿qué contrato hay que hacer con la peluquería y que impuestos tiene que pagar?
A la espera Su respuesta.
Respuesta
1
¿Es ella la que va a prestar servicios a otra empresa?
¿Es ella la autónoma?
Si así fuese, ELLA tendrá que causar alta en el RETA (régimen especial de trabajadores autónomos). ¿DÓNDE?
Por un lado, En la Agencia Tributaria, Rellenando el modelo 845 de IAE, y causando alta a través del modelo 037 de declaración censal y obligándose a pagar trimestralmente IRPF.
Por otro, causando alta en el régimen especial en la Seguridad social, obligándose a pagar Seguridad social mensualmente.
Estos son los requisitos legales para que pueda ejercer actividad por cuenta propia.
En cuanto a la relación entre Empresa contratante y Autónomo (ELLA), pues aconsejo que realicéis un contrato de arrendamiento de servicios, donde tu mujer se compromete a prestar un servicio determinado por una CANTIDAD DETERMINADA. Esto te lo podrá hacer un Notario, si deseas que posea FE NOTARIAL.

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