Exceso / defecto de cobro

Y si la cantidad fuera mayor, ¿por ejemplo de 30o 40 euros?
Gracias
Un saludo.
José Luis.

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Respondo más de 20 preguntas al día y sincermante no me acuerdo de la pregunta anterior.
Creo que se trataba de algo relacionado con la aplicación del prinpcipio de importancia relativa y la imputación a gastos de cantidad de escaso valor.
Ten en cuenta, que este principio siempre se aplica sobre aquellos importes que no representan un valor económico importante como para que altere las partidas patrimoniales.
Espero haberte ayudado..
Kormak
P.D.: Si la respuesta no tiene nada que ver con la pregunta, te pido que me la vuelvas a replantear.

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