Cambio vivienda habitual

He comprado un piso de segunda mano que sera mi primera residencia, y tengo en venta el que hasta hasta ahora ha sido mi primera residencia.
Me han dicho que debo de mantener este piso como primera residencia aunque viva en el nuevo, porque si la cambio al nuevo, el día que venda el piso viejo ya no figuraría como primera residencia, sino como segunda, con lo que tendría que pagar a Hacienda por la plusvalía obtenida. ¿Es cierto eso?
Si es así me gustaría saber cuando tengo que hacer oficial mi nueva primera residencia. ¿Cuándo venda el piso viejo o en cualquier fecha dentro de los dos años siguientes? ¿Tiene alguna importancia la fecha de compra del piso nuevo?
Muchas gracias y perdón por lo enrevesado de la pregunta.

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Si lo que obtengas de la venta del primer piso, lo dedicas a la compra de este segundo, está exento el beneficio que puedas obtener.
"También darán derecho a la exención por reinversión las cantidades obtenidas en la enajenación que se destinen a satisfacer el precio de la vivienda habitual que se hubiera adquirido dentro de los dos años anteriores a aquella"
No, puedes cambiar de vivienda habitual con perfecta libertad.
Si el beneficio que obrengas lo reinviertes estará exento.

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