Reparto beneficios

Estoy pensando en crear una empresa. Pero hay un punto que no me queda claro. Si mi supuesta empresa tiene durante el próximo año unos beneficios de 10.000 Euros. La empresa tributa el 30% (creo que el próximo año sería el 25%) en el impuesto de sociedades.
Si yo quisiera realizar un reparto de beneficios, y acceder a ese dinero para temas personales. ¿Se accedería a el vía dividendo? O ¿Con un incremento de mi sueldo al ser autónomo?, ... En cualquiera de los casos, como me tributaría esos a mi fiscalmente. ¿Se sumaría a mi base imponible? O ¿No? Ya que la empresa ha pagado por ello el impuesto de sociedades.
Respuesta
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Se suman a tu base imponible, si bien, existe una deducción por dividendos.
Es todo cosa de hacer números, y ver la mejor opción.
Si la empresa reparte dividendos. Y yo como autónomo los recibo,
¿Tengo qué pagar algo a hacienda por ellos?
¿Se suman a mi base imponible? O ¿Están exentos, ya que pagó por ellos la empresa?
Tendrías que calcular los posibles beneficios, y ponerte un sueldo para absorberlos.
De esta forma, estas metiendo gastos a la SL para que no tenga beneficios, y no pague de impuesto de sociedades.
Pagas tu por IRPF.
O si tu de IRPF pagarías más del 30%, los beneficiso después de impuestos, los puedes repartir entre los socios como dividendo.
Habría que jugar con el 30% del IS y tu IRPF, a ver la solución mejor.

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