Disolución sociedad

Vamos a disolver una sociedad, y se nos plantea una cuestión. En 2006, como no pensábamos disolvernos, compramos dos pequeños terrenos, con el deseo de construir dos casetas para material, osea, era para uso de la sociedad. Al desaparecer la sociedad, los terrenos y una de las casetas que llegamos a montar, se las van a quedar los socios. Mi consulta es:
¿El socio que se lo quede pagará el 1% de disolución de sociedad o el 7% de transmisiones?
¿La sociedad tendrá que declarar algún tipo de ganancia patrimonial? En realidad el socio se la quedará declarando el valor contable, claro. Pero el terreno en este tiempo se ha revalorizado...
Gracias.

1 respuesta

Respuesta
Creo que el 1% de disolución de SL, y por el valor contable o el que los socios queráis darle.
No obstante, consulta a un fiscalista que no estoy seguro al 100%

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