Abogada autónoma

Hola Juan. He leído algunas respuestas que has dado y me he decidido a preguntarte ya que realmente pareces experto en la materia.
Verás, soy abogada de momento por cuenta ajena y he decidido comenzar la actividad como autónoma. En casod e que el negocio de reprente fuera muy bien, ¿es cierto que sólo podría contratar personal autónomo y no por cuenta ajena? Si va muy viene l negocio, tengo un piso de mi propiedad al 50 % con mi novio y que podría utilizar como despacho. ¿Qué forma jurídica es la más adecuada si solo contrato un par de Abogados?
Respuesta
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La abogacía es una actividad libre, es decir, puedes ejercerla siendo solamente tu autónoma sin necesidad de constituir empresa.
De cualquier modo puedes contratar personal y no han de ser autónomos.
El despacho de abogados con el que trabajamos son dos autónomos y tienen un administrativo contratado.
Si ya te va muy bien, pues crea una sociedad limitada, es tras la opción de ser simplemente autónomo la más sencilla.

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