Negocio en casa internet ¿Como declaro telf. Luz, ..?
Muchas gracias por tu superrespuesta. Comentarte por último, cuando me dices que debo declararme el recibo de la luz entero en la renta, te referieres a la de la empresa, porque ella hace su propia renta ¿no? Y el iva, si que me dices la parte proporcional, pero como lo contabilizo, ¿en la cuenta de suministros que pongo la parte del gasto proporcional y el iva correspondiente?
Gracias. No se si sería conveniente que me tanto la contabilidad como lo de los impuestos me lo llevara una empresa, pensaba llevarlo yo pero es bastante jaleo. ¿Tu qué me aconsejas? ¿Trabajas en esto?
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Respuesta de alejandrogr
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alejandrogr, Diplomado en Relaciones Laborales Experto en gestión de recursos...
A ver, la renta la hacen las personas físicas y el impuesto de sociedades las sociedades. En tu caso; no has creado ninguna persona jurídica por lo que no haces impuesto de sociedades. Lo que si has hecho es iniciar una actividad económica a tu nombre, que sera quien factures. La renta como bien sabes se hace cada año y se presenta como máximo hasta el 30 de junio. Dentro de esa renta hay 4 grandes apartados en los que se declaran todos los ingresos que has percibido: RENDIMIENTOS DEL TRABAJO: normalmente aquí entran las nominas si trabajaras para alguien, lo que no es tu caso. RENDIMIENTOS DE CAPITAL: aquí entran las acciones, tema financiero, y principalmente los rendimientos de capital que genera cada empresa y que reparte en forma de dividendos a sus socios, lo que tampoco es tu caso ya que no has creado ninguna sociedad. GANANCIAS PATRIMONIALES: aquí se mueve sobre todo el tema de la compra venta de inmuebles, acciones puntuales en las que se obtiene un rendimiento, lo cual tampoco es tu caso. Rendimientos de actividades económicas: aquí! Es donde tu vas a declarar tus ingresos obtenidos por tu negocio que como ya te comente es indisoluble de tu patrimonio personal, y prueba de ello es que lo declaras como ingreso en tu declaración personal, al fin y al cabo no hay diferencia entre uno y otro. Por tanto, aquí es donde metes tus gastos ÍNTEGROS para deducirtelos de los ingresos Tema contabilidad: Evidentemente necesitaras una aplicación informática que te permita llevar un control de gastos e ingresos así como para cumplir con las obligaciones fiscales que impone hacienda, esto quiere decir que cuando metas el gasto lo metes al completo sin partir, y cuando pongas el IVA tendrás que indicar la mparte que es deducible y la parte que no, esto cada programa lo hace de una manera distinta por lo que no te puedo decir más. Con respecto a lo que me comentas hay disparidad de respuestas para eso pero mi opinión personal es la siguiente: En tu caso, eres un pequeño negocio que tendrá poco volumen de compras y ventas, `pero corres el riesgo de que al hacerlo tu desconociendo la normativa vigente te equivoques en la confección y lo peor, que no sepas que te has equivocado y que después liquides con eso, lo cual no deja justificación alguna en hacienda para que te claven tu sanción. Yo pienso que cada persona tiene su dedicación y sabe hacer su trabajo y no tiene porque saber hacer el de los demás. Se que pensaras que te ahorras un gasto al no contratar un asesor o gestor pero piensa que al hacerlo evitas riesgos innecesarios y te podrás dedicar a tu trabajo verdadero, de esta forma te acostaras todas las noches sabiendo que la gestión laboral, fiscal y contable de tu empresa esta en buenas manos, en manos expertas, como tu lo eres de tu trabajo. Por ultimo decirte que si, que trabajo en esto desde hace bastante tiempo y que tengo asesoría abierta en Granada en CL Trajano. Si necesitas algo más no dudes en preguntarme.