Estoy en paro desde hace 3 meses y estoy pensando crear una mini empresa de gerenciamiento de proyectos. En principio voy a ser el único trabajador, si la cosa fuera bien, contrataría a alguien eventualmente para un proyecto puntual. Estoy cobrando mi prestación por desempleo, se que si me doy de alta como autónomo la pierdo o se paraliza, pero creo que si creo una SL o SLL, no la pierdo y me vendría bien cobrar eso al inicio.
Por el otro lado no tengo muy claro salvo el capital inicial, cual de las dos opciones genera más gastos fijos e impuestos.
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Anónimo
En primer lugar tendrías que definir bien que significa "gerenciamiento de proyectos". Según se desprende de tu correo electrónico (tal vez esté equivocado), no estás muy familiarizado con el mundo de empresa, con la gerencia, con la constitución de empresas y con los procedimientos, eso implica que antes de emprender debieras formarte a riesgo de no hacerlo y darte un buen batacazo con los pocos ahorros que tienes. Respondiendo a tu pregunta: a) Si quieres emprender, lo primero que tienes que realizar es un buen plan de negocio, con su plan económico financiero incluido a un horizonte mínimo de tres años, es vital comprobar la viabilidad técnica teórica del proyecto así como su viabilidad financiera y de tesorería. b) Respecto a las ayudas para autónomos. Dos tipos: - Subvención por Autoempleo. - Percepción de la prestación por desempleo para emprender. La Constitución de SL no está sujeta a ninguna subvención ni tampoco a la percepción de la prestación para emprender, en estos momentos sólo se concede por creación de Sociedad Limitada Laboral, por adhesión como socio a una Sociedad Limitada Laboral ya en funcionamiento, como emprendedor profesional autónomo. (En todos los casos te exigirán el plan de viabilidad al que hacía referencia en el punto a). Respecto a la subvención a los autónomos depende de cada comunidad como te decía, puede llegar en casos específicos hasta 10.000 euros a fondo perdido, aunque tam´bien hay ayudas financieras (financiación intereses bancarios), formación, plan avanza, etc... Respecto al cobro del paro único - si el proyecto es viable y se cumplen todos los requisitos para ello, se percibe la prestación, un 60% para las inversiones necesarias y un 40% se guarda para hacer frente al pago de los recibos de autónomos. Las ayudas están supeditadas a un año de permanencia y funcionamiento de la actividad. No se puede emplear el dinero a modo de circulante sino en inversiones localizadas y determinadas por el plan de viabilidad, no lo entregan como dinero de caja. Con referencia a los gastos genera mayores gastos una SL por cuanto para ser administrador o socio de una SL con más del 25% del capital social debes estar dado de alta como autónomo, así pues, sumas los gastos de esta modalidad a la constitución de la empresa. La SL implica gastos importantes de constitución, notaria, gestoría, gastos registrales, impuestos e implica llevar los libros contables según el nuevo plan general contable, con registro de los mismos una vez al año. Si bien en el caso de las sociedades mercantiles se limita la responsabilidad de las deudas frente a terceros al capital social mientras que el autónomo responde con el patrimonio personal de las deudas generadas frente a terceros (esto se mantiene así salvo que los administradores de la sociedad sean negligentes o cometan fraudes en la gestión diaria de la sociedad, si se da este caso, también pueden llegar a responder judicialmente con el propio patrimonio personal).
Muchas gracias! Has sido muy claro. Respecto al tema de gerenciamiento de proyectos, se trata de proyectos de construcción, por eso no estoy familiarizado con el tema