Creación de S.L.

Voy a montar una S.L. Con mi hermano y mi madre. Mi hermano es socio trabajador con el 46%, mi madre socia capitalista con el 46% y yo socio capitalista con el 8%.
Mis preguntas ¿mi hermano debe de ir a autónomos obligatoriamente?. Mi madre y yo supongo que no debemos de cotizar a ningún régimen.
¿Puedo ser yo administrador con mi hermano sin estar de alta ni en S.Social ni en autónomos, o es mejor que sea el administrador único.?
¿Nuestro capital es de 3.100? Aparte de este dinero se puede aportar un coche propio en la escritura de constitución, ¿o una vez constituida la empresa?
Al ser una empresa de servicios que no va a ser de cara al público ¿debemos de solicitar licencia de apertura en el Ayuntamiento?

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Respuesta
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Respondiendo rápidamente a tus cuestiones:
a) Respecto a si tu hermano debe ir a autónomos, sí, sin ninguna duda es incompatible su alta con el alta en régimen general. Respecto a ti y a tu madre, si sólo permanecéis como socios capitalistas y no figuráis como administradores no tenéis que daros de alta en ningún régimen.
b) Respecto a si puedes ser administrador sin darte de alta de autónomos, la respuesta es DEPENDE. Hay dos opciones:
1. Alta como autónomo (obligatoria al estar unidos todos por razones de parentesco directo).
2. Realizar la actividad a titulo gratuito. La sociedad debe emitir una certificación en la que certifique que eres socio administrador a titulo gratuito y que no percibes salario por ello siendo tus únicas percepciones motivadas por las percepciones de los rendimientos de beneficios de la sociedad.
c) Se pueden aportar bienes no dinerarios a la composición de la sociedad pero tendrán que estar tasados para que el notario pueda incorporar estos bienes por su valor al capital social ya que su inclusión debe constar en la escritura de constitución. Eso implica cambiar el coche de nombre y ponerlo a nombre de la sociedad.
En el caso de que el local se encuentre en un edificio que no esté planta calle no es necesario que solicitéis licencia de apertura. Si la oficina es planta calle me temo que no podréis escapar de ese trámite y del pago de la oportuna licencia.
La verdad que me has dejado todo muy claro.
Unicamente referente a la tasación del vehículo, ¿quién debe de hacerla, la podemos hacer nosotros?
Muchas gracias por todo, ya que me ha sido de gran utilidad, la semana que viene a constituir al notario.
No, se tendrá que usar información contrastada ya que de otro modo el notario no va a aceptarlo y no se podrá proceder a la escritura correspondiente de constitución de la sociedad.
Saludos
Jaime Feiner
[email protected]

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