Tienda Virtual EPÍGRAFE

Acabo de venir de HACIENDA y me han dicho que si monto una tienda virtual SEA DE LO QUE SEA me tengo que dar de alta en el EPÍGRAFE 665 "Comercio al por menor por correo o por catálogo de productos diversos" del IAE
También me han dicho que si no dispongo de tienda física y la actividad la llevo a cabo desde mi domicilio particular NO puedo estar en como autónomo en régimen de estimación objetiva, tengo que estar por narices en estimación directa.
¿Alguien puede confirmarlo?

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Respuesta
1
Habría que ver si el epígrafe en cuestión está incluido o no en la orden de módulos... pero el hecho de que tengas o no establecimiento permanente no afecta ya que el comercio al menor lo es independientemente de si haces las ventas desde un local afecto a la actividad o desde tu casa
Saludos
www.rmglobal.es
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El epígrafe en cuestión debe estar excluido de módulos, eso seguramente.
Lo que me ha extrañado es que cualquier persona que tenga una TIENDA VIRTUAL por ejemplo tanto de llaveros, como de muñecos, como de ropa, como de juguetes,... se tenga que dar de alta en ese epígrafe (665) y por lo tanto no tenga opción a módulos, mientras que si la tienda fuera física y vendiera exactamente lo mismo (llaveros, muñecos, ropa o juguetes,...) entonces si que podría darse de alta en otro epígrafe y estar en módulos.
El 665 viene definido como comercio al por menor por correo o por catalogo de productos diversos y lógicamente si tienes una tienda virtual ahí es donde tienes que estar incluido.
Por otro lado si tienes una tienda física tendrás que ir a otro epígrafe de i.a.e. porque el 665 es solamente para venta por correo o por catalogo
Una última duda... Sobre el epígrafe 665 Comercio al por menor por correo o por catalogo de productos diversos.
Ejemplos
Si yo tengo una tienda física y vendo juguetes y ropa deportiva al por menor... tendré que estar incluido en el siguiente epígrafe:
6596 Comercio al por menor de juguetes, artículos deporte, prendas deportivas de vestido, calzado y tocado, armas, cartuchería y artículos de pirotecnia.
En cambio, si no tengo tienda física y vendo exactamente lo mismo pero por Internet ¿Tendría qué estar en el 665?
Si yo tengo una tienda física y vendo prendas de lencería al por menor... tendré que estar incluido en el siguiente epígrafe:
6513 Comercio al por menor de lencería y corsetería.
En cambio, si no tengo tienda física y vendo exactamente lo mismo pero por Internet ¿Tendría qué estar en el 665?
Si yo tengo una tienda física y vendo caramelos y golosinas al por menor... tendré que estar incluido en el siguiente epígrafe:
6445 Comercio al por menor de bombones y caramelos.
En cambio, si no tengo tienda física y vendo exactamente lo mismo pero por Internet ¿Tendría qué estar en el 665?
Lo que me vengo a referir con todo esto es... ¿Lo qué se vende por Internet se mete todo en el mismo saco? Es que me pareció un poco raro, solo eso.
Es cierto que puede parecer raro pero así mismamente es como funciona...

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