Trabajador por cuenta ajena y empresario

Actualmente soy trabajador por cuenta ajena y estoy pensando en montar una empresa de cursos de formación para los fines de semana.
El funcionamiento seria contratando a profesosres especializados a horas para que puedan dar las clases y yo solo ser el organizador de todo ( crear la página web, organizar los cursos, contratar a los profesores, buscar el local adecuado para los cursos.. Etc).
En primer lugar es posible contratar solo a horas a las personas que tengan que dar los cursos, ¿hay alguna otra forma de hacerlo?
La verdad es que me gustaría hacerlo conservando mi trabajo actual por cuenta ajena, por tanto voy un poco perdido en la forma en que podría hacerlo sin que afectase a mi prestación por desempleo ni a cosas por el estilo, como un gran aumento de tributación fiscal.
Actualmente me estoy planteando 2 posibles caminos para hacerlo pero voy bastante perdido la verdad y dudo de si me saldrá a cuenta.
1- Montar la empresa yo solo. ( En este caso supongo que me tendría que dar de alta como autónomo y pagar por los 2 lados perdiendo a la vez mi desempleo, ¿es así? )
2- Montar la empresa con un amigo que ya es autónomo y ya tiene su propia empresa. ( ¿En este caso haría falta que yo fuese autónomo también o podría desempeñar tareas en la empresa como un simple trabajador con nómina que a la vez es socio a medias de la misma?). ¿Hay alguna otra manera?
¿En este segundo supuesto supongo que dejaría todo el poder de la empresa a manos de mi amigo y si ocurriese algo malo me podría dejar fuera cuando quisiera no?.
¿Con una S.L seria necesario tener nómina o iría todo vía reparto de dividendos como socios?
Para usted cual seria la mejor opción si quiero conservar mi empleo pero a la vez tener una empresa que pueda facturar y contratar gente de forma legal.

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Respondiendo a sus preguntas:
1) Efectivamente el alta en el RETA afectaría a la posibilidad de la percepción de prestación por desempleo (aunque no lo perdería) y afectaría fiscalmente dependiendo del volumen de percepciones que percibiera por esta segunda actividad.
2) En el caso que indica - deberían constituir una empresa tipo Sociedad Limitada en la que su amigo fuera además administrador único y vd., percibiera únicamente rendimientos en base a los repartos de beneficios de la sociedad porque al ser socio mayoritario (+ del 20% del capital social) sólo podría ir a régimen de autónomo y estaría en el mismo caso que hemos indicado en la respuesta 1).
Respecto a su miedo - no es cierto, al ser socios al 50% su amigo no puede prescindir de vd., si bien es cierto que tiene capacidad decisoria de la gestión al mismo tiempo que recae en él el 100% de responsabilidad de la sociedad y su gestión frente a terceros.
En la SL el administrador puede percibir nómina pero el socio que no actúe como trabajador sólo podrá percibir dividendos de la sociedad.
La mejor opción es constituir la sociedad siendo vd., socio de la misma y percibiendo en base a dividendos.
Primero que todo agradecer su pronta respuesta y simplemente una aclaración. Si constituimos SL con mi amigo puedo ser socio que percibe dividendos y tener nómina para poder desempeñar funciones laborales en la sociedad.
¿A nivel fiscal sale a cuenta tener 2 nóminas y percibir también dividendos de la sociedad por otro lado?
Muchas gracias.
Sí, existe esa posibilidad pero perdería los derechos de prestación por desempleo. Teniendo dos nóminas así como reparto de dividendos quedaría penalizado fiscalmente porque le subiría la base imponible, así mismo, a partir de 12.000 eurpos de percepción al tener dos fuentes de ingresos distintas estaría obligado a tributar, sabiendo además que las percepciones de dividendos de sus participaciones tributarían a demás al tipo de un 18%.

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