Que hacer para abrir bar-restaurante.

Quisiera abrir un restaurante familiar, yo trabajo de mañana jornada completa y mi madre que seria la cocinera esta en paro.
Quisiera saber en me afecta a mi declaración de renta (hipoteca de vivienda habitual) me devuelven algún dinerillo anual,
también que tipo de sociedad podría crear, he mirado algo en la cámara de comercio y me pareció buena lla idea de sociedad cooperativa, a lo mejor es una locura lo que estoy escribiendo porque no se si un restaurante puede ser ese tipo de sociedad. Bueno me estoy informando . El restaurante ya esta montado y listo para abrir las puertas ya que tenia otro propietario y este lo quiere alquilar( son 400 euros mensuales así que creo que el riesgo sera mínimo)
mis preguntas son :
Me afecta a mi renta y cuanto
Que tipo de sociedad es mejor para tener el mínimo coste ( me han hablado otros propieterios de restaurantes de un tipo de sociedad que pagas por facturación.
Bueno me enrolle un poco pero esa es la idea más o menos.

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Si tiene vd., rentas que provengan de la actividad económica probablemente le suban las bases de cotización y por ello le subirá el tipo impositivo. Por otro lado, su declaración de la renta será bastante más complicada porque habrá una parte que se verá también acrecentada por los aspectos inherentes al negocio, amortizaciones y demás aspectos previstos en el impuesto de sociedades y que se adoptan también para determinar la renta de actividades en atribución de rentas como sería el caso. Habría que calcular en base a previsiones cual sería su factura fiscal y más teniendo en cuenta que con las modificaciones del impuesto de la renta probablemente queden sin efecto (no se apliquen) las actuales reducciones por vivienda de las que viene disfrutando (ya sabe la dichosa crisis económica).
No le recomiendo abrir una cooperativa por las restricciones, por las dificultades y porque necesitará un mínimo de 3 socios. Inicialmente le sugiero opciones más sencillas y económicas como el régimen de empresario autónomo o sociedades sencillas como las sociedades civiles. De crear una forma societaria mercantil decántese sin dudarlo por una sociedad limitada (incluso es posible que le beneficie fiscalmente porque con esta sociedad tributaría por rendimientos de capital mobiliario el 18% sobre los beneficios que se atribuya).
Vale:
Lo que nos interesa para crear la empresa seria arriesgar lo menos posible ya que el alquiler sera un mínimo ezfurzo y a su vez mínimo riesgo .No es un Gran restaurante sino más bien una pequeña tasca, quiero decir que no se harán grandes desembolsos de dinero para compra de genero ni para nada ya que pensamos comprar al día y al contado.
En cuanto a lo de S.L. esta bastante bien ya que lo que podrías perder es solamente el capital aportado, pero en cuanto a pagar a irpf es lo que dudo, creo que los gastos no son deducibles en SL ¿en sociedades civiles lo seria?
Y la comunidad de bienes que opinión tiene. No necesario capital ni gastos por escritura publica ante notario, etc...
P.D. perdone que me lio un poco pero es que estoy empezando y a lo mejor mezclo algo que no debira. Lo que quiero es gastar o arriesgar lo menos posible= ahorrar lo maximo posible porque tambien se puede dar el caso de que : ejemplo abrir como comunidad de bienes y a la hora de irpf lo que me ahorre en notario capital inicial etc.. me lo cobre hacienda.
Bueno gracias por todo y lo siento por el lio que tengo en la cabeza pero ya iré aprendiendo y me aclarare un poco más.
Saludos.
No, no, las sociedades tributan como personas jurídicas por impuesto de sociedades y trimestralmente por IVA así como retenedores de Irpf de los alquileres y de los salarios de los trabajadores. Como propietario del negocio sólo deberá tributar vd., personalmente por IRPF por aquellas cantidades que reparta en concepto de dividendos. Las sociedades civiles no tienen personalidad jurídica, salvo que su constitución se eleve a público, no obstante, estas sociedades tributan en atribución de rentas y en este caso, dependiendo de las cantidades atribuidas el tipo de cotización puede ser muy superior al 18%.
En referencia a la comunidad de bienes funciona exactamente igual que la sociedad civil de hecho no difieren en ningún aspecto salvo que la sociedad civil puede tener socios no trabajadores y socios trabajadores.
Para poder conocer de antemano cual sería la opción más viable en lo económico habría que partir de supuestos (proyecciones futuras) para poder hacer el cálculo y ver como le afectaría a nivel personal tomando en cuenta sus percepciones por cuenta ajena y su situación patrimonial y eso como comprenderá no lo podemos hacer de forma gratuita dentro del foro.

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