Si realmente no es un actividad frecuente, yo no tramitaría alta en la Seguridad Social ya que está considerando que no cumple el requisito de habitualidad, pero eso no le exime de que tenga que presentar el modelo 036 ante la Agencia Tributaria (Hacienda) en la que argumente que va a tener una actividad profesional y que una vez cerrado el ejercicio ( entre mayo y junio del siguiente año) tiene que hacer su declaración de la renta, declarando los rendimientos que tiene de su actividad económica.
A parte de todo esto, y durante todo el año tiene que hacer las declaraciones de IVA (modelo 303) trimestrales en relación con el IVA que factura, restándole el IVA que compra en los gastos que se ocasionen a razón de la actividad profesional, esto en principio con la plantilla excel que ha adquirido lo puede calcular ya que a medida que va introduciendo los datos de las facturas que emite y que consume en el Libro Registro ya le salen en la pestaña IVA 303, lo tiene todo indicado aquí:
http://www.fiscalhelp.es/GAutonomo/Preparacion_funcionamiento_L_R%20.aspSolo una cosa a tener en cuenta, si realizas una actividad como profesional harás una retención en la facturación que te explico en el siguiente párrafo con lo cual no tienes que presentar el modelo 130 de IRPF aunque lo tengas en el Libro de Registros que has adquirido en mi web.
Por último tenga en cuenta que en sus facturas tiene que descontar un 7% (durante los 2 primeros años) de la Base por la retención de IRPF (que viene a ser la misma base imponible que la del IVA) que tiene que aplicar como profesional aquí un ejemplo de como realizar una factura con retención aunque en este caso sea con el 15 la estructura es la misma.
http://www.rlozano.com/consulta/12/12.htmlPor tanto y resumiendo dar de alta la actividad solo en Hacienda con el modelo 036 realizar las facturas correspondientes descontando la retención del 7% y sumando el IVA y registrando las facturas en el Libro de Registros para poder prepara las declaraciones de IVA (modelo 303) de manera trimestral, y una vez al año (entre mayo y junio) presentar la Renta que esto si que es mejor que la haga un gestor, le sugiero que imprima los registros trimestrales del Pack Autónomos y se las facilite al gestor para que le haga la Declaración de la Renta.