Aportación de Inmueble a una C.B.

Dos hermanos propietarios de un Inmueble quieren constituir una C.B. Pues se va a proceder a la rehabilitación del mismo con una subvención pública. La madre posee el usufructo del inmueble y ellos la Nuda Propiedad ¿Tiene la madre que renunciar a dicho usufructo para que ellos puedan aportar el inmueble a la C.B.?
Respuesta
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Los hermanos únicamente pueden disponer de lo que tienen, que es la nuda propiedad. El usufructo es de la madre. No quiere eso decir que no se pueda rehabilitar, sino que ambas partes tienen que estar de acuerdo.
Muchas gracias por atenderme, jamás había utilizado "todoexperto" y me he quedado maravillado.
Me gustaría, si es posible, que me dijera si se puede renunciar al usufructo en favor de otro y si es conveniente.
De antemano, gracias por su tiempo.
La cuestión de usufructo es algo complicada. Está regulada en el art. 467 y ss. Del Código Civil. La titular del usufructo puede renunciar al usufructo, siempre y cuando el titulo constitutivo lo permita. Sobre la conveniencia, el asunto es relativo, pues imagino que será un usufructo proveniente de los bienes del cónyuge. No hay una única respuesta.

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