Franquicia en s.l y autónomo

Estoy madurando la idea de montar un negocio franquiciado. El caso es que el negocio requiere una inversión amplia y bastantes empleados. Abrirá de 7 am a 24:00 todos los días del año. Por ello quiero crear una s.l unipersonal para no responder con mis bienes en caso de fracaso. Pretendo ser el administrador y también hacerme autónomo y facturar a la sociedad por servicios diversos, contabilidad, gestiones etc.¿es esto legal? Yo actualmente trabajo a turnos y no pretendo dejarlo, libro bastante y tengo tiempo libre. ¿Es compatible con hacerme autónomo? ¿Hay alguna forma más rentable de sacar el dinero de la sociedad?
Opción a. Si me hago autónomo y facturo tengo que pagar a la s.s y la empresa paga un 16% de iva, pero solo pago el 16%iva de impuestos más irpf y cotizo para mi jubilación.
opción b. Soy el admin. De la sociedad y una vez tenga beneficios pago el 30% y después de obtener dividendos pago el irpf.
¿Qué opción es la más eficiente y rentable? Yo creo que la a.

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Indudablemente si quieres detraer dinero de la sociedad, sobre las dos opciones que me planteas, la primera es la más interesante, mires por donde lo mires.
Pero como mi obligación es darte mi opinión "completa", mira qué es lo que yo haría:
En primer lugar, inicio mi actividad como persona física, autónomo que como emprendedor, tiene en base a su inversión (tanto en inmovilizado) como en creación de empleo (y dentro de esto, por contratación de mujeres, minusválidos, personas con cargas familiares, desempleados de larga duración, extoxicómanos, etc), y posteriormente, reconvertir esto en una sociedad limitada, pero dando una mínima participación a cualquier otra persona (puede ser un 2% simbólico), de tal forma que no sea unipersonal. La sociedad unipersonal que no hace mención a tal hecho en todos sus documentos con terceros (albaranes, facturas, etc.), la responsabilidad cae en el accionista, de forma solidaria e ilimitada. Es decir, que en todos los documentos tendrías que decir que la sociedad es unipersonal e indicar tu nombre, dos apellidos y el d.n.i.. Esto no tendría más importancia si no fuese por el poco presdtigio que en la comunidad empresarial tiene este tipod e sociedades, que no son en definitiva más que una persona física, actuando con un cif, en lugar de un d.n.i. En la sociedad, no tendrías que facturar nada a ella y por ello tampoco tendrías que darte de alta en el i.a.e. ni hacer declaraciones de irpf en el mod. 130, ya que si la sociedad limitada creas siendo tu mismo el administrador, que al tener más del 25% de participación, has de cotizar en el r.e.t.a., que es lo mismo que estarás cotizando en tu primera fase de la creación de empresa, especificas que el cargo de administrador es retribuido, por lo que no tienes más que retirar el dinero que te dé la gana en concepto de retribuciones, ya que no estaría qmás que sujeto a la correspondiente retención de irpf y se añadiría a tus ingresos como trabajador por cuenta ajena que tienes en la actualidad.
Hay otra fórmula un poco más compleja es que la de hacer que la empresa te da un préstamo y que tú lo devuelves poco a poco, con lo que tributas sólo el 30% de i.s. y no es renta para ti.
De todas formas, con lo que me dices de la inversión y de la creación de empleo, habría que hacer un "dibujo" con los datos más concretos, de tal forma que una vez recogidas las exenciones que te corresponden por esa inversión, tanto en inmovilizado como en creación de empleo, concretaríamos el crédito fiscal que dispondrías, y a partir de ahí, viendo la generación de recursos, estudiar el resto.
Bueno, no sé si te he aclarado tus dudas. De todas formas, te aconsejo que visite konsertel.com, donde te podrán atender de forma concreta una vez hayas decidido dar el paso.
Ante todo muchas gracias saldubi, tu respuesta ha sido excepcional.
Pero me queda alguna preguntilla.
En la ley de sociedades limitadas dice que si la retribución del administrador consistiese en beneficios no pordra ser superior al 10% repartible entre los socios.
¿Puede cobrar el administrador aunque la sociedad de perdidas?.
¿Si la retribución no esta basada en beneficios puedo cobrar lo que me de la gana? ¿Cobrar unos meses más y otros menos? ¿Tiene qué estar especificadad la cantidad que cobra el administrador? ¿Puedo retrasar el cobro por la administración, mientras la sociedad no tenga demasiodos ingresos y luego cobrele años pasados?
Hola, xaldubi, siento ser un poco pesado pero se me olvidaba algo.
¿Que ventaja obtengo de empezar como autónomo el negocio y luego transpasarlo a una sociedad.?
También puedo crear directamente la sociedad y no hacerme autónomo y evitarme papeleo ya que con la solución que me has dado para retraer dinero no voy a facturar a nadie.
Supongo que si me lo aconsejas es porque al final sera más beneficioso fiscalmente.
¿Cuánto tengo que pagar siendo autono y no facturando nada a nadie?
Vayamos por partes.
La retribución del administrador, independientemente de los beneficios, también puede ser por sus servicios prestados a la sociedad, además de la retribución por su desplazamientos, dietas y kilometraje. Como cualquier otro trabajador de la sociedad, el administrador puede cobrar independientemente de si la sociedad da perdidas o beneficios. La periodicidad de estas retribuciones, puede ser totalmente aleatoria y discrecional del propio administrador, aunque te recuerdo que siempre ha de estar sujeto a irpf. Te recuerdo también, que una cosa es que se le haga la nómina y otra cosas muy distinta es que la cobre. Lo que si tienes que aclarar es el sueldo bruto anual, sobre lo que harás la correspondiente nómina, cuyo cobro lo harás en función de las disponibilidades de la sociedad y si por lo que sea no pudieses cobrar, te convertirán en un acreedor de la sociedad como cualquier otro. La sociedad la puedes crear cuando tu quieras, el caso es que como persona física, puedes acceder a unas ayudas, que no podrías disponer siendo sociedad limitada. En cuanto a poder facturar, por supuesto que puedes facturar siendo autónomo. Hay un pago mensual en la seguridad social, por ser cotizante del r.e.t.a. (régimen especial de trabajadores autónomos) y depende de la base de cotización que elijas.
De todas formas, en konsertel.com te pueden hacer un estudio gratuito sobre las ayudas a las que puedes tener acceso y de esta forma ver con más claridad lo que te conviene hacer.

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