Tanto la apertura de centro de trabajo, como el libro de visita los tienes que gestionar si vas a contratar a trabajadores por cuenta ajena, si es el caso tienes además que presentar el modelo TA 6 en Seguridad social para tener un CCC en el que dar de alta a los trabajadores. También tienes que contratar con un servicio de prevención ajena la prevención de riesgos laborales.
En caso de que vayas a estar sola y seas autonomo no necesitas nada de esto, solo presentar el 037 en hacienda y el alta de autonomo. Puede que tu actividad además necesite la licencia de apertura e incluso de sanidad. Y si estas en Madrid capital el distintivo de Local de censo de estadisticas.
Si tienes alguna duda escribeme a [email protected], ya que no entro todos los días en esta página.