Tu pregunta tiene respuestas variables dependiendo de dónde te ubiques, pues las normas de sanidad son variables entre comunidades e incluso entre ayuntamientos.
A grandes rasgos, depende de que tipo de envase entregues, pues si es estanco, debe haber atmósfera controlada. Si es tipo envase "para llevar" no es necesario.
Por otro lado, es necesario que puedas abarcar la cantidad de comida en las instalaciones que ya dispones, pues las normas de manipulación siguen siendo las mismas que ya dispones en tu licencia de bar.
Al hacer comidas para colectividades, lo más probable es que debas incrementar las periodicidades de desinfección por los Reales Decretos de la legionelosis.
Para el transporte de esos alimentos necesitas un vehículo refrigerado por la cadena del frío.
Además, debes revisar con un asesor fiscal la nueva actividad a realizar, así como una ampliación del seguro de responsabilidad civil.
No obstante, debes solicitar información en el Ayuntamiento, sección actividades, subsección sanidad, pues como te he dicho, existen medidas estatales como la legionelosis, centros de trabajo, etc, otras de tu comunidad autónoma, y otras locales, como por ejemplo, el acceso directo a cocina desde la vía pública para el vehículo de reparto en determinados ayuntamientos. Pero es viable siempre y cuando las normas autonómicas y/o locales lo permitan.