Si sois una cooperativa que tenéis como objeto social algo bien distinto a la organización de viajes, es decir nada relacionado con la agencia y lo que queréis es simplemente organizar para los propios trabajadores algún premio o similar, no necesitareis la autorización administrativa para trabajar como agencia de viajes. Si es para ofrecer a los socios organización de viajes o paquetes, en mi opinión necesitáis la autorización administrativa para poder trabajar como agencia de viajes.
Si sois una cooperativa que quiere organizar viajes para venderlos a clientes, obteniendo un beneficio, necesitareis ampliación del objeto social de la cooperativa y la obtención de la autorización administrativa correspondiente como agencia de viajes que tiene una normativa especifica según cada Comunidad Autónoma.
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