¿Tengo derecho a cobrar la extraordinaria de navidad con un contrato indefinido de tres meses?
He trabajado durante seis meses en un primer contrato, otros seis en un segundo contrato y otros tres en un contrato indefinido, tengo la intención de irme, ya me explicaste a que tengo derecho y cual es mi deber en este aspecto, pero mi jefe aun no me ha dado la extraordinaria de navidad, y quisiera saber si es porque no tengo derecho a cobrarla por tener tres meses de trabajo con el contrato indefinido o es igual porque cuentan todos los meses trabajados aunque sean en tres contratos.
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Respuesta de davidreload
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davidreload, Soy Graduado Social, y trabajo en una empresa como gestor laboral
Sobre las pagas extras, decirte en primer lugar que siempre se tienen que pagar al trabajador, independientemente de que el contrato sea de 6 meses o 6 horas. En segundo lugar, hay muchas cosas que analizar sobre los contratos que has tenido, y sobre las diferentes situaciones que pueden haberse dado. Empezaremos poco a poco. 1.) Si estos 3 contratos que me dices son con la misma empresa, seguidos e ininterrumpidos, ¿deberías cobrar la paga extra? SI, y además, íntegras, ya que se considera que tu relación laboral ha sido continuada. Si no te la han pagado es muy sencillo; mira tu nómina y si dentro de ésta aparece algún concepto salarial que haga referencia a las "pagas extras": ( p.p. paga extra, o p.p. navidad / junio) o algo por el estilo, significa que las pagas de junio y diciembre te las han prorrateado, es decir, en vez de pagártelas de golpe, te las han dividido entre las 12 mensualidades del año, y te las han pagado poco a poco cada mes. En este caso, en diciembre no tendrás paga extra porque ya te la incluyen cada mes en la nómina. 2.) Si los contratos que has tenido con esta empresa han sido seguidos, pero cada vez que has acabado un contrato se te liquidaba con el finiquitito y te volvían a hacer otro contrato a los 2 días empezando de 0, las pagas las tienes que cobrar igualmente, claro, proporcionalmente al tiempo de duración de ceda contrato, y las puedes haber cobrado bien de golpe en el finiquito, ( cuando te han saldado lo que te debían), o bien en el mes de julio la paga de julio, o bien prorrateada en la nómina como te he dicho antes. Es por eso que sepas que derecho tienes derecho SIEMPRE, simplemente tienes que mirar en tus nóminas si te las ha pagado prorrateadas cada mes. Ejemplo: Contrato de 3 meses. Sueldo base: 900 euros. Formas de pagarme las pagas extras: a) Al final del contrato: Entonces la nomina ordinaria de los 3 meses será: 900x 3 meses= 2700 euros. parte que me corresponda de las pagas extras: 900 euros x 2 pagas = 1800 euros.1800/ 12= 150 euros. 150 x 3 = 450 euros de pagas. TOTAL RECIBIDO EN 3 MESES: 2700 + 450 = 3150 EUROS. b) prorrateadas. sueldo base: 900 euros P.P.P. extras= 150( lo hemos calculado antes) Total sueldo mes= 1050 euros De esta manera, cada mes cobraré 1050 euros, y por eso cuando llegue diciembre o julio o mi fin de contrato la empresa no me deberá nada. TOTAL RECIBIDO EN 3 MESES= 1050 X 3 = 3150 EUROS. Si tu jefe no te las ha pagado en la nómina prorrateadas ni en diciembre/ julio, entonces es que te les debe. Bueno, si aun te han quedado dudas, no dudes en preguntar