Nómina con pagas extra prorrateadas
Tengo mis 2 pagas extra prorrateadas en nómina de la siguiente forma:
De enero a junio mi nómina incluye los siguientes conceptos:
En devengos: incluye salario base, complemento de empresa y la parte proporcional de las dos pagas extra. En deducciones incluye el irpf y la seguridad social.
De julio a diciembre mi nómina incluye los mismos conceptos:
En devengos salario base, complemento de empresa y la parte proporcional de las dos pagas extra. En deducciones: el irpf y la seguridad social.
La diferencia está en la determinación de las bases de cotización a la seguridad social, de modo que en las nóminas de enero a junio, la base la calculan sobre el total de los devengos al que aplican el 4,70 y el 1,65. Sin embargo, en las nóminas de julio a diciembre, al total de devengos le suman el importe de la prorrata de las pagas extra (dato que ya está incluido en el total de devengos) de modo que la base de cotización es mayor y sobre esa base mayor se aplica el 4,70 y el 1,65.
Mi duda es que, de este modo, creo que en las nóminas de julio a diciembre estoy cotizando dos veces por el importe correspondiente a las pagas extra.
Me gustaría aclararlo antes de reclamar.
De enero a junio mi nómina incluye los siguientes conceptos:
En devengos: incluye salario base, complemento de empresa y la parte proporcional de las dos pagas extra. En deducciones incluye el irpf y la seguridad social.
De julio a diciembre mi nómina incluye los mismos conceptos:
En devengos salario base, complemento de empresa y la parte proporcional de las dos pagas extra. En deducciones: el irpf y la seguridad social.
La diferencia está en la determinación de las bases de cotización a la seguridad social, de modo que en las nóminas de enero a junio, la base la calculan sobre el total de los devengos al que aplican el 4,70 y el 1,65. Sin embargo, en las nóminas de julio a diciembre, al total de devengos le suman el importe de la prorrata de las pagas extra (dato que ya está incluido en el total de devengos) de modo que la base de cotización es mayor y sobre esa base mayor se aplica el 4,70 y el 1,65.
Mi duda es que, de este modo, creo que en las nóminas de julio a diciembre estoy cotizando dos veces por el importe correspondiente a las pagas extra.
Me gustaría aclararlo antes de reclamar.
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Respuesta de archilla
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