Baja maternal

¿Con cuánta antelación puedo pedir la baja maternal? MI médico de la SS me dice que no me la da, que me espere a dar a luz y así luego tendré 16 semanas seguidas, que si quiero me da una ILT y así gano tiempo. Pero es que yo soy autónoma y SE que no voy a poder disfrutar esas 16 semanas completas. Ahora me faltan 4 semanas para dar a luz, me encuentro muy cansada, muy pesada, y ahora no me supone problema faltar al trabajo. Y quiero cogerla antes. ¿Con cuánto tiempo tengo derecho a coger la baja por maternidad?
Dado que me lleva un ginecólogo particular, ¿qué papeles me tiene que dar para que el de la SS me dé la baja maternal? ¿Algún tipo de informe médico? Porque aunque mi barriga es evidente, no se va a fiar de lo que yo le diga...
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Lo que te ha dicho el médico de la SS que es quien te tiene que darte la baja es correcto.
Debe darte la baja por Incapacidad Temporal hasta que té dé la baja por maternidad, que cobrarás directamente de la S.S. o de la Mutua si estás cotizando por ella.
El informe tiene que dártelo directamente el médico de la SS. Si éste quiere saber los antecedentes, tu médico particular que te haga uno.
Por tanto, no hay tiempo anterior para solicitar la baja.
Si solicitas la baja por IT, los primeros quince días no cobras ninguna cantidad; después, sí en función de la base de cotización.
Si eres autónoma, debes dejar a alguien en tú lugar cuando sol. Licites la baja. Puede ser un trabajador si tienes a tu cargo o un familiar que trabaje contigo. Depende de la situación de la empresa.
A tu disposición para cualquier aclaración más.

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De nuevo la dirección que añadí lo indica, pero te añado a continuacio por si no la hubiers localizado.
¿Qué tramites se deben de realizar?
El médico del Servicio Público de Salud entregará a la madre el informe de maternidad, quedándose él con una copia y otra el Servicio Público de Salud.
La madre entregará el original del informe de maternidad a la empresa, la cual se lo devolverá debidamente cumplimentado. *
Junto con el informe de maternidad la madre necesitará su documentación personal acompañada de la indicada según sea parto natural, adopción o acogimiento.
Además se deberá cumplimentar el modelo oficial de la Solicitud de maternidad, adopción o acogimiento, o cualquier otro, aunque no sea oficial, que recoja la misma información.
¿Dónde se tramita?
La madre entregará la documentación personal, el informe de maternidad cumplimentado y la Solicitud a la entidad gestora del INSS o ISM, o cualquier registro oficial.
Si, pero mi problema es que para que el médico de la SS me dé la baja digo yo que necesitará algo del médico que me lleva, porque no se va a fiar de lo que yo le diga, y él no sabe nada de mi historial porque todo lo llevo por privado.
Puedes solicitar la baja cuando quieras con la limitación de jar seis semanas para después del parto, Para el procedimiento para realizar la solicitud te remito a una página del INSS que lo explica bastante bien
http://www.seg-social.es/inicio/?MIval=cw_usr_view_Folder&LANG=1&ID=43344
http://www.seg-social.es/inicio/?MIval=cw_usr_view_Folder&LANG=1&ID=44042

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