Despido a personal autónomo

Buenas tardes, soy enfermera, y en la empresa en la que estoy trabajando escusan lo siguiente como recorte de gastos en el servicio médico: hace 2 meses me hicieron un contrato mercantil por lo que me tuve que dar de alta como autónoma, y ahora quieren que mi puesto pase a ser cubierto por una mutua médica; dicen que la nueva oferta de trabajo por parte de la mutua no saben si será de autónoma, con contrato..., yo quiero saber: ¿Me tienen que despedir para que la mutua me contrate? ¿Qué derechos tengo como autónoma en este tipo de despidos? ¿Me puedo negar al despido ya que mi contrato inicial es de 6 meses, o no porque estoy en periodo de pruba? Por favor, infórmame de todo lo que puedas relacionado con este tema, y te agradezco de antemano tu interés

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Te reproduzco a continuación un resumen de la legalidad vigente con respecto a los contratos mercantiles para profesionales autónomos:
--------" El contrato mercantil a profesionales autónomos establece una relación de igualdad entre dos partes, en la que una (la persona contratada) se compromete a prestar un servicio determinado y la otra parte (la entidad), a satisfacer unos honorarios por ese servicio.
Se puede formalizar de palabra o por escrito, sin que sea necesario registrarlo ni elevar a documento público, y las cláusulas especificadas serán las acordadas por ambas partes sin que puedan ir contra la legalidad vigente. Su regulación básica está contenida en el Código Civil y, en concreto, en el artículo 1.544, se define de la siguiente manera:
Artículo 1544.
En el arrendamiento de obras o servicios, una de las partes se obliga a ejecutar una obra o a prestar a la otra un servicio por precio cierto.
Las obligaciones frente a la Hacienda Pública y la Seguridad Social de cada una de las partes son las siguientes:
Obligaciones del Profesional Autónomo:
? Darse de alta en el IAE correspondiente
? Darse de alta en la S.S. de autónomos
? Pagar mensualmente la S.S. de autónomos
? Hacer declaraciones trimestrales de IVA, salvo que la actividad esté exenta del IVA
? Presentar el resumen anual del IVA, salvo que la actividad esté exenta del IVA
? Hacer la declaración de la renta anualmente
? Darse de baja en el IAE a la finalización de la actividad profesional
? Darse de baja en la S.S. de autónomos a la finalización de la actividad profesional
Obligaciones de la Entidad al contratar a autónomos
? Alta en censo retención I.R.P.F.
? Hacer contrato escrito (aunque puede formalizarse verbalmente)
? Retener un 7 % o un 15 % de las remuneraciones, según se explica en apartado dedicado a la gestión del IRPF en contratos a autónomos.
? Pagar retenciones de IRPF trimestralmente
? Hacer resumen anual de IRPF
? Entregar al trabajador el certificado de retenciones de I.R.P.F.. ---"
Commo ves nadie tiene que despedirte sino darte de baja tu misma si te interesa trabajar en la Mutua por cuenta ajena. Otra cuestión sería que hubieras firmado un determinado periodo de tiempo para la prestación del servicio y la empresa lo incumple, en tal caso puedes exigir que te indemnicen por el tiempo incumplido y los haberes dejados de percibir por causas ajenas a ti.

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