Nómina "fraccionada" y despido
Trabajo como comercial en mi empresa desde hace varios años y tengo un fijo pactado con la empresa, tras la última reducción "voluntaria" de salario, de 1400 brutos (más comisiones). Mi pregunta es porque, en mi opinión, mi nómina debería tener, en base a eso, tan sólo dos conceptos: salario base y comisiones. Sin embargo, en ella, mi salario base es de sólo unos 800 euros, mientras que los otros 600 se reparte entre disponibilidad, mejoras voluntarias, etc. Sólo las comisiones van en su cifra justa en ese concepto. En esos conceptos se escuda, por ejemplo, para no subirnos el ipc anual (lo sube en el salario base y lo baja de ahí, claro). Por lo demás trabajo 40 horas de lunes a viernes, así que no tengo ninguna disponibilidad especial, vamos.
Aunque por lo que sé todos esos conceptos están sujetos a cotización, ¿me perjudica ese fraccionamiento de mi salario base en 3 conceptos?. ¿Qué gana el empresario y qué pierdo yo en hacerlo así?. ¿Es legal o hay un tope máximo de "mejoras" en una nómina? ¿En caso de despido se tiene en cuenta sólo el concepto de salario base para la indemnización, o es fácil demostrar que mi sueldo regular real no era ese, comisiones aparte?. Qué puedo hacer al respecto.
Otra pregunta, relacionada con este asunto, es sobre la inminente reforma laboral. ¿Tiene carácter retroactivo o es sólo para contratos hechos a partir de su aprobación?. Es decir, ¿los trabajadores "antiguos" seguiremos teniendo los 45 días como indemnización más habitual o perderemos eso para entrar de lleno en esos 33 o 20 que comentan?. ¿En ese caso, serían 33 o 20 de mi concepto de salario "base" (800?) ¿O mi sueldo fijo real?. ¿Mi paro o futura pensión también se calcularía en base a eso o al total de ingresos reales de los últimos meses / años?.
Sé que son muchas preguntas.
Aunque por lo que sé todos esos conceptos están sujetos a cotización, ¿me perjudica ese fraccionamiento de mi salario base en 3 conceptos?. ¿Qué gana el empresario y qué pierdo yo en hacerlo así?. ¿Es legal o hay un tope máximo de "mejoras" en una nómina? ¿En caso de despido se tiene en cuenta sólo el concepto de salario base para la indemnización, o es fácil demostrar que mi sueldo regular real no era ese, comisiones aparte?. Qué puedo hacer al respecto.
Otra pregunta, relacionada con este asunto, es sobre la inminente reforma laboral. ¿Tiene carácter retroactivo o es sólo para contratos hechos a partir de su aprobación?. Es decir, ¿los trabajadores "antiguos" seguiremos teniendo los 45 días como indemnización más habitual o perderemos eso para entrar de lleno en esos 33 o 20 que comentan?. ¿En ese caso, serían 33 o 20 de mi concepto de salario "base" (800?) ¿O mi sueldo fijo real?. ¿Mi paro o futura pensión también se calcularía en base a eso o al total de ingresos reales de los últimos meses / años?.
Sé que son muchas preguntas.
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Respuesta de cntait
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Respuesta de martirola
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