Contrato mercantil y prestación de desempleo

Me gustaría saber si un contrato mercantil es compatible con la percepción de la prestación de desempleo.

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En principio, según estipula el propio Inem:
Las prestaciones y subsidios por desempleo son incompatibles con el trabajo por cuenta propia, aunque su realización no implique la inclusión obligatoria en alguno de los regímenes de la Seguridad Social.
La percepción de comisiones como consecuencia de la suscripción de un contrato mercantil comporta una actividad laboral incompatible con las prestaciones de desempleo, y ello con independencia de la cuantía de dichas retribuciones.
Referencia normativa: Art. 221.1 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social aprobado por R.D. Legislativo 1/94, de 20 de junio.

Espero te haya servido de utilidad
Muchas gracias por su respuesta. Me ha sido de gran utilidad, ya que en la empresa me ofrecían un contrato de colaboración con una retención del 7% de IRPF, pero me dijeron que no era necesario que lo declarara en hacienda, sólo perdía el 7%. Además me afirmaron que era compatible con la percepción de la prestación por desempleo.

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