¿Si estoy de baja me pueden despedir?

Llevo arrastrando desde hace un mes, una contractura en el cuello que me esta provocando vértigos, y a su vez insomnio. Esto ha provocado que algunos días me haya dormido y haya llegado tarde a trabajar, y en otras ocasiones no he podido ni siquiera ir porque estaba deprimido y sin fuerzas... Todas las faltas han sido justificadas salvo 3 que me las consideraron absentismo.
La cosa empezó a empeorar y los vértigos aumentaron, entonces fui un lunes al medico y me volvió a recomendar dos días de reposo, el miércoles seguía mal y no me dieron cita, entonces tuve que ir el jueves. Ese mismo día me llamaron del trabajo diciéndome que era el cuarto día y que sino tenia una baja medica me enviarían el burofax.
Yo no tenia ni idea de como funcionaba todo esto, ya que tengo 22años y tampoco tengo mucha experiencia laboral... Pero fui a la cita que tenia con el medico, y lógicamente me dio la baja, con fecha de el lunes y la confirmación del cuarto día que era ese jueves, él me aconsejo que se la enviará por fax ya que si ese día no la tenían, podrían despedirme...
Así lo hice, nada más salir del medico llamé a mi empresa para que me dieran el numero de fax, me lo facilitaron y lo envié. De hecho ellos me dijeron que lo enviara... Pues de esto hace 5 días, yo ya me despreocupe del asunto y me he preocupado de ponerme bien... Y hoy me ha llegado el burofax, no lo tengo en mi poder, ya que tengo que ir a la oficina de correos a por el, porque debió venir el cartero cuando yo estaba durmiendo y con mi sueño profundo no me enteré...
Entonces mi pregunta es ¿pueden despedirme? ¿Me tendrían que indemnizar? ¿Puedo recurrir a algún sindicato? ¿Y si sigo malo de baja por más tiempo que pasa? ¿Me quedo sin trabajar y por tanto sin comer?
Gracas si me podéis ayudar!

2 respuestas

Respuesta
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Por todo lo comentando seguramente el burofax sea lo que comentas: despido objetivo por absentismo. El problem radica en que para que se produzca basta con 8 ausencias en un periodo de dos meses, que desde luego no son muchas, más en tu caso. Lo más sangrante sea el hecho de que aun siendo justificadas se puede proceder al despido, pero siempre que el nivel de abstensimo de la empresa sera de al menos el 5% durante el mismo periodo. En probar esta causa estará el secreto para que el despido se declare procendete o no.
Si se supera ese 5% el despido sera objetivo, y se indemnizara a razón de 20 días de salario por año trabajado, ademas de los sueldos pendientes de recibir, las vacaciones no disfrutadas y la parte proporcional de las pagas extras que no hayas recibido aun.
El despido da derecho a paro si se tiene cotizado el suficiente tiempo, y en caso de que la baja se prolongue, al cobro de la misma por el periodo de tiempo que se tenga cotizado o hasta el alta.
Si tienes dudas te aconsejo consultar ante los servicios de empleo de tu provincia mejor que a un sindicato porque no creo que estos últimos te orienten debidamente, ademas de querer cobrar por ello.
Un saludo
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Todo sobre trabajo y empleo en:
http://historiasparanocurrar.blogspot.com
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Pueden despedirte estando de baja médica, tendrán que pagarte el finiquito más una indemnización de 45 días por año trabajado. Si has cotizado lo suficiente tendrás derecho a desempleo pero si estuvieras de baja médica seguirías cobrando la prestación de IT descontada del desempleo, si no hubieras cotizado lo suficiente te quedarías sin prestación.
Ante la duda busca ayuda profesional, siempre puedes recurrir a un sindicato, se supone que son grupos de trabajadores que se unen para defender sus derechos (al menos alguno así lo es) y si tú eres trabajador podrías y deberías acudir para defenderte ya asesorarte.

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