Sobre coger excedencia

Llevo 4 años como administrativo en una empresa en la que cada vez las cosas están peor y estoy buscando otro empleo. Esta mañana me han llamado para un puesto de administrativo para suplir una baja de maternidad, en principio me ofrecen el tiempo de la baja, luego ya no sabrían si después podría seguir o no. Mi pregunta es si puedo pedir una excedencia por 4-5 meses, ¿el tiempo que vaya a durar la baja y si luego no me renovaran podría volver a mi anterior puesto? También me gustaría saber, si me renuevan, ¿podría alargar la excedencia? ¿Si me despiden del puesto nuevo donde voy a cubrir la baja tendría derecho a paro? Espero que alguien resuelva mis dudas, gracias!

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Generalmente las empresas no dejan coger excedencias para que sus empleados desarrollen la misma profesión en otra empresa.
Una cosas es por ejemplo si trabajaras de dependiente y te fueras de administrativo.
Además no se la naturaleza de las empresas, pero si son de la misma actividad económica te podrías quedar sin la excedencia en la primera empresa.
Eso depende mucho de la empresa.
La duración mínima de la excedencia la puedes consultar en el convenio colectivo de la empresa, ya que no todos los colectivos tienen el mismo mínimo.
Inicialmente la puedes pedir por el mínimo y luego pedir su renovación si necesitases más tiempo.
Ten presente también que muchas empresas con el tema de la crisis, aprovechan que sus empleados pidan excedencias voluntarias y luego cuando se tienen que reincorporar los tienen esperando por puesto meses dciendo que no hay vacante en su categoría profesional, así que ten cuidado no vayas a quedarte sin santo y sin seña.
Si pidieses, por ejemplo, una excedencia de un año y trabajases 4 meses en la otra empresa.
Fnalizas la maternidad y puedes cobrar prestaciones por desempleo, si por ejemplo tienes derecho a 12 meses de paro realmente solo te pagarn 8.
O sea, te pagan hasta cuanto te dura la excedencia, y ahí tienes que solicitar la reincorporación, si pides una reanudación es como si fuera una baja voluntaria (a la hora de cobrar prestaciones) y no podrías seguir cobrando paro.
Por el contrario, si pides la reincorporación pero la empresa te contesta por escrito queno te la da, tendrías que ir al inem con ese escrito y te pagarían lo que te queda o bien te pagarían hasta la fecha que la empresa dice que te readmite .
Ej, siguiendo el caso anterior.
12 meses de paro, pides 12 meses de excedencia, trabajas 4 meses entonces cobras 8 meses, pides reincorporación y te la deniegan por no haber vacante.
Pues como te faltan 4 meses de paro te reanudan esos 4 meses, empiezas a cobrar y la empresa te comunica una vacante a los 2 meses de haber reanudado, p úes tienes que volver a la empresa.

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