Duda sobre el alta medica y Inem

Ya he estado en contacto con usted por este tema pero aun me queda una duda, es la siguiente, te resumo el tema por si no tienes acceso a las preguntas anteriores, llevo 7 meses de baja por ansiedad, la empresa me despidió estando de baja y ahora me está pagando la mutua, en estos momentos he encontrado un trabajo que me han llamado hoy mismo para empezar el Lunes de la semana que viene, entonces mi duda es: ¿De qué fecha me tienen que realizar el alta medica y debo apuntarme al Inem? Sobretodo para no perder el paro acumulado de la empresa anterior tal y como me comentaste en otros mails que si empezaba a trabajar en cuanto tuviera el alta medica no lo perdería, si el alta es de fecha mañana y no empiezo hasta el Lunes, ¿el sábado y domingo cuenta? Cómo debo realizarlo.

Por favor es muy urgente debido a que mañana debo realizar los trámites.

Respuesta
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La fecha del alta medica empieza a contar a partir del día siguiente al del alta medica que es el día que puedes iniciar la actividad laboral si es un día laborable pero si el alta medica te la dan o la pides un viernes y la empresa en la que vas a comenzar a trabajar cierra los sábados entonces no sera hasta el lunes cuando puedas iniciar la actividad laboral, pero tu cobraras la baja de toda la semana porque en los partes de baja se incluyen los sábados y los domingos, por lo tanto si te dan el alta maña este viernes no comienzas a trabajar hasta el próximo lunes y el sábado y el domingo le cobras del INSS con los demás días de la semana de la prestación por IT así que trata de que te den el alta el viernes para que te incluyan el sábado y el domingo, porque si te la dan con la fecha del viernes ya no te incluyen como días de prestación ni el sábado ni el domingo .. Por otra parte cuando comiences a trabajar puedes notificarlo en la oficina del INEM aunque la empresa también tiene que notificar el alta del trabajador contratado, porque tiene que registrar el contrato de trabajo en el SEPE/INEM pero no te preocupes que la prestación por desempleo no la pierdes, a no ser que el contrato de trabajo dure 360 días o mas y tengas que elegir entre la prestación anterior que tienes de otras cotizaciones o iniciar una prestación nueva por las cotizaciones efectuadas con el ultimo contrato de trabajo, y al elegir una de las dos la que se queda fuera de la elección se pierde para siempre porque no se acumula para futuras prestaciones.. no se te olvide finalizar la pregunta

Hola,

Gracias por tu respuesta. Te copio un par de lineas de tu escrito:

"así que trata de que te den el alta el viernes para que te incluyan el sábado y el domingo, porque si te la dan con la fecha del viernes ya no te incluyen como días de prestación ni el sábado ni el domingo .."

Creo que hay un error en los días, me lo puedes aclarar?

Gracias por tu pronta respuesta.

Un saludo,

Raquel

Si te dan el alta para iniciar la actividad laboral el l viernes y como los partes son semanales y el viernes es día laborable el sábado y el domingo no se cuentan para la prestación por IT sin embargo si te dan el alta medica el viernes para iniciar la actividad el lunes como el sábado y el domingo no son laborables los dos días si se incluyen para la prestación por IT..

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