Reclamación ante el INEM por extinción por un mes de prestación por salir al extranjero

Hasta finales del mes de octubre estuve cobrando el paro, y concretamente en el mes de agosto tenía que sellar ante el INEM. Por una serie de circunstancias me marché fuera al extranjero durante tres semanas, precisamente cuando tenía que sellar, yo pensaba que era posible hacerlo por internet, pero resulta que no se puede sino que hay que pedir permiso a la administración para que te autoricen. Sinceramente desconocía totalmente de ello e intenté sellar desde dónde estaba pero reconocía por el IP que estaba fuera. De esa manera, el INEM me sancionó por un mes de prestación por no cumplir con la obligación de sellar. Mi pregunta es: hace unos días salió una resolución por parte del Tribunal Supremo donde reconocía el derecho al beneficiario de poder viajar al extranjero hasta 90 días sin necesidad de pedir permiso y por tanto, que tampoco te sancionen. En mi caso, ¿cabría la posibilidad que pudiera reclamar el mes que me sancionaron? ¿Ante qué organismo debería presentar mi reclamación?

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Tienes que presentar una reclamación previa entre el inem si no estas de acuerdo, pero ten cuidado, en vez de un mes perderías toda la prestación.

Ten en cuenta que te sancionaron un mes por no sellar.. no sabrán que has salido al extranjero, la salida al extranjero por periodo de mas de 15 días en un año supone la extinción de la prestación, sino lo has comunicado.

La sentencia solo es una sentencia, no una ley y no crea jurisprudencia.

Te puedo decir muchas sentencias de casos iguales y unos se pierden y otros se ganan, ten cuidado, por que como sepan que has salido al extranjero te van a reclamar el paro que hayas cobrado desde tu salida, no solo es un no sellado de la tarjeta (infracción leve) sino que es una salida mayor a 15 días no comunicada.

Ademas si te lees la sentencia que salio permite la salida de 90 días, pero suspendiendo la prestación, sin cobrar... así que no siempre hagáis caso a lo todo lo que leáis en prensa.. hay que saber la ley, y ahí solo la pone clara en el BOE.

Si no necesitas más aclaraciones agradecería que cerrases la pregunta, ya que me sale activa todavía.

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