Laboral inem

Teniendo presentación del paro para dos años, bien mi caso fue el siguiente, me tenia que ir un fin de semana de viaje a roma de vaciones, y bien pedí al inem la posibilidad de hacerme la tarjeta sanitaria europea para viajar al extranjero... Pase solo 4 días como les dije a ellos de echo rellene un papel con la fecha de salida y de llegada... Bien yo no sabia por que tampoco me informaron. Que cuando llegara de roma a españa me tena que haber presentado en el inem y no lo hice por que nadie me lo informo tras 18 años trabajando es la 1 vez que estoy en el parado y la verdad que no se como funciona esto... A todo eso me doy cuenta por ste mes no me ingresaoron la mensualidad y llame para informarme.. Bien me dicen que costo como que estoy en italia... ¿y digo como? Me dicen que tengo que hacer una previa reclamación. Bien la echo la eclamacion y he presentado billetes de vuelo de salida y de llegada.. Factura de noches de hotel de entradas y salida.. Quería saber que me puede pasar... Podrían quitarme definitivamente toda la prestación... Me queda aun un año y 4meses de paro... Puden quitármelo.. O solo podrían sancioname... La reclñamacion hace ya que la he puesto desde 13 de abril.. Te agradecería mucho tu ayuda y que me sacaras un poco de dudas .

7 Respuestas

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¿Has recibido alguna comunicación del INEM relativa a tu reclamación?
No aun no he recibido notocia ni comunicación alguna! Y llamo y no saben decirme nada..
¿Cómo presentaste la reclamación? ¿A través de registro o por carta? ¿Tienes copia de la presentación?
Si tengo copia de la carta, es un formulario que te dan ellos para la reclamación previa... allí le adjunte vuelos de ida y vulta etc..
¿Pero tienes la copia sellada?, es que no es lo mismo enviarla por carta que presentarla allí
Si la tengo sellada con el cuño de la fecha y todo.. sabes si puedes sacarme de dudas.. ¿cres qué me puden sancionar quitándome toda la prestación o solo que me sancionen por ser la 1 vez?
Todo esto ha de haberse debido a una confusión en los funcionarios o en la cumplimentación del escrito en el que indicaste que te ibas a Roma
La ley prevé como causa de extinción de la prestación por desempleo el traslado de residencia al extranjero, es evidente que no es tu caso, pero ha de haberse producido alguna confusión como te he dicho
A ver si en la reclamación previa te lo resuelven y si no acudes a la vía judicial
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Una vez has presentado la reclamación con toda la documentación que aportastes, lo normal es que te reanuden la prestación, sería muy raro que te la suspendieran.
Otra cosa es que desde que te enterastes que no cobrastes hasta que presentaste la documentación puedas perder ese mes de paro. Te pueden sancionar un mes de desempleo por falta.
¿Gracias por tu ayuda? ¿Entonces cress que no podrán sancionarme quitándome toda la prestación? Gracias
No, creo.
Pueden que solo te quiten la prestación de un mes.
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La prestación de desempleo en ningún caso te la pueden quitar ya que es un derecho que ya posees al haber cotizado durante un periodo de tiempo.
Seguirás cobrando tu prestación pero tendrás que hacer algunos tramites directamente con el INEM y con la Tesorería de S.S.
Lo mejor es que acudas en persona a una oficina del INEM, ellos tienen la obligación de tramitar correctamente tu prestación.
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¿Te dejaron de ingresar aquel mes y al siguiente volvieron a pagarte con normalidad hasta ahora? O ¿Ya no te han vuelto a ingresar nada, pendiente de resolución de la reclamación?
Desde ese mes ya no me volvieron a ingresar nada hasta día de hoy que sigo sin cobrar aunnada... y no me han dado aun ninguna noticia.. gracias por contestar
Reoasando la legislación, porque no me la sé toda de memoria, he encontrado esto por google http://www.todoexpertos.com/categorias/salud-y-bienestar/seguridad-social/respuestas/2146946/inem-paro te remito a lo que te contestó mi compañero y corraboro, es lo que hay en legislación, así que el fallo está en que no te hicieron las cosa correctamente, no sé en que termino has reclamado, imagino que habrás hecho referencia a esta legislación, lo extraño es que no te hallan contestado aún, imagino que desde entonces no estarás esperando sin más, habrás ido a tu oficina y preguntado, yo te aconsejo que te dirijas al colegio de abogados de tu ciudad y pidas te asignen uno de oficio, pasate por mi blog http://mario666leo.blogspot.com/ hay explico como hacer para denunciar a la mepresa, en tu caso es el inem, pero se pesupone que la relación es casi igual, por leer y preguntar en el colegio, no pierdes nda, si no pudiese ser, contrata a un profesional y empieza, según te recomiende a vista de lo que rellenastes en el INEM, por que a saber que modelo te dieron.
Te aviso que los errores en la información que dan en las oficinas del INE, son frecuentes, así comoen la documentacio a presentar y rellenar, te puedo contar el hecho anecdótico, de que encontrándome desplazado en mi trabajo, mi mujer se quedó en desempleo, es fija discontinua con jornada reducida por guarda legal, en esta situación el desempleo se calcula en base a 8h y no a las que estés trabajado, le dije a mi mujer que presentara en el INEM, el certificado de la empresa en donde ponía que estaba acogida a dicha situación, cuando fue, el funcionario de turno, que no sabe hacer su trabajo, le dijo que él no sabia nada de eso ¿y qué como iva a cobrar por 8h si trabajaba 5,20h? Ni que lo fuera a pagar él, pues no le recogió el papelito porque decía que si eso era así, ya lo sabrían arriba y le pagarían de esa manera, cuando le vino aprobado, ponía la base reguladora de 5,20 y no de 8h, tuvimos que ir y reclamar, ese mes le pagaron mal, al siguiente bien más los atrasos.
Esto te lo cuento porque hay que estar informado antes de dar cualquier plazo en las administracions, la mitad de los funcionarios no saben hacer su trabajo, que no se ofenda el que sea de la otra mitad, pero es así, el día que fuimos a hablar en el INEM por este motivo, tuve que dar un cursillo improvisado en el despacho del director, a él y sus empleados, porque tenían un total desconocimiento de esto y de como tramitarlo,¿te parece normal?.
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No me dices si actualmente estas cobrando paro o no. Generalmente suelen sancionar con la suspensión de 1 mes.
No desde el mes de abril aun estoy sin cobrar.. y no me ha llegado noticia alguna
Entonces no hiciste los tramites para cobrar el paro ¿No?
¿Tu leees lo que te escribo?
Disculpa, pero he estado fuera del despacho, y han debido de interceptar la página.
Por tanto, yo si leo, y respondo correctamente, pero hay animañas en todos los sitios, incluidos en la web.
Bien, debes acudir de inmediato al INEM, para efectuar otra reclamación, ya que cuando dicho organismo impone sanciones, que pueden ser leves o graves, y van desde un 1 mes, a 3 meses, 6 meses y extinción de la prestación, antes deben enviarte un escrito generalmente por correo certificado, donde te indican el tipo de sanción, y forma de reclamarla. Seguidamente a la reclamación, también responden, y a partir de ahí, lo sabes todo.
Me sorprende enormemente que no tengas noticia alguna, y de acuerdo con las fechas en que nos encontramos, tu sanción puede ser de 6 meses o la extinción de la prestación.
Vete urgentemente al INEM y reclama. No obstante, te sugiero consultes la página www.2inem.es/prestaciones, donde se encuentran motivos y grados de sanciones.
Te vuelvo a pedir disculpas, y espero que conlasmedidas que te tomado, no vuelva a ocurrir más hechos ajenos a mi.
Si no tienes más preguntas, finaliza y puntúa.
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Perdona por no haber contestado antes, me encontraba de viaje y sin internet.
El tema que me comentas parece más complejo de lo que en realidad puede ser. En primer lugar, debes tener en cuenta que la Administración Publica no puede exigirte cualquier documento que obre en su poder, así tu solicitud de prestación por desempleo presentada en el inem y junto con la resolución estimatoria del paro (concediéndote el cobro) debe tenerla el inem. Si realizas el viaje y pides la tarjeta sanitaria supongo que seria al INSS y no debería influir en la prestación del cobro mientras no trabajes. En todo caso, el inem debería solicitar documentación al INSS para cualquier incidencia. En tu caso no seria causa de extinción de la prestación ya que solo se contempla cuando realizas traslado de residencia al extranjero y tu solo estuviste 4 días de viaje.
Para cualquier duda consúltame por aquí. Te recuerdo que debes puntuar para finalizar
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No puedo darte una solución con los datos que tengo, lo lamento.

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