Despido objetivo con clausula de 33 días de salario

Tengo un contrato laboral con una clausula que dice lo siguiente:cuando el contrato se extinga por causas objetivas y la extinción sea declarada improcedente, la cuantía de la indemnización será de 33 días de salario por año de servicio.

Mi duda es la siguiente, si me despidiesen improcedentemente sin alegar causa objetiva, ni ninguna causa de otro tipo, ¿sería por 33 o 45 días? Y por el contrario, si me despiden por causa objetiva por problemas económicos, por ejemplo y la causa no queda demostrada o fuese mentira, ¿siempre será sobre 33 días?

Esta clausula se debe a que en el momento en el que fui contratado era desempleado y mayor de 45 años de edad y se aplicó la DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA LEY 12/2001 DE 9 DE JULIO.

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La disposición adicional primera ley del 12/2001 de 9 de julio se refiere a los contratos para el fomento de la contratación indefinida, por lo tanto si la empresa te despide de forma improcedente la cuantía de la indemnización que te correspondería seria de 33 días por año de servicio en la empresa con un máximo de 24 mensualidades prorrateándose por mensualidades los periodos de tiempo inferiores a un año, y si te despiden por causas objetivas y demandas a la empresa y esta no puede acreditar que el despido esta motivado, por las causas objetivas alegadas por el empresario, la indemnización que te tiene que pagar la empresa es la correspondiente a un despido improcedente cuya cuantía sigue siendo la de 33 días por año de servicio en la empresa, por un máximo de 24 mensualidades, mas los salarios de tramitación es decir el salario que dejes de percibir desde la fecha del despido hasta la fecha del acta de conciliación o de la sentencia judicial si no se llega a un acuerdo entre las partes en el acto previo de conciliación, así que si la empresa te quiere despedir por causas objetivas con una indemnización de 20 días de salario por año de servicio en la empresa con un máximo de 12 mensualidades y tu no estas conforme con dicho despido tienes 20 días para interponer una demanda a la empresa por despido improcedente, por lo que te tendrías que poner a disposición de un sindicato o de un abogado laborlista particular o de oficio que es gratuito, para que te tramiten la demanda, porque una que la puedes tramitar tu personalmente para casos como el tullo es aconsejable que lo tramite un abogado, pero esa decisión pertenece a tu ámbito personal.. Si no necesitas ninguna aclaración ya sabes, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta

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