Situación difícil Cuenta Vivienda
Tengo una consulta fiscal que podría
Explicarse en los siguientes términos:
1. Adquiero mi primera vivienda, escriturando conjuntamente con mi novia
2. Dispongo de una cuenta vivienda que caduca este año (a mi nombre exclusivamente)
3. Mi novia no trabaja (está becada), por lo que no cotiza
4. Los desembolsos totales efectuados hasta el momento superan la cuantía de
mi cuenta vivienda, pero mi parte (considerando que sólo la mitad sería
fiscalmente atribuible) no la superan
Consultas:
1. ¿Puedo declarar (si lo pago yo) un porcentaje de gasto asociado a la
adquisición de primera vivienda superior al 50% de lo entregado? Es decir, al
escriturar a nombre de ambos (al 50%), ¿es obligatorio que cada uno declare
el 50% del gasto?
2. En caso de que pudiera declarar más de la mitad de lo entregado hasta el
momento, ¿hay algún otro límite que legalmente deba respetar?
3. ¿Debo, obligatoriamente, gastar este año (el cuarto en vigor de la cuenta
vivienda) todo el importe de la cuenta vivienda, o puedo mantenerlo y usarlo
para gastos de años posteriores? (Escrituramos el 24 de noviembre, por lo que
este año sólo incluiría un mes de letra). Si esto fuera posible, me
beneficiaría del 25% de desgravación del primer año, pudiendo hacer uso de las
cantidades de la cuenta vivienda en gastos posteriores.
4. ¿Puedo desgravar un 25% de los pagos que superen la cuantía de la cuenta
vivienda, o el límite de 9000 euros incluye los pagos procedentes de dicha
cuenta?
5. Aunque los dos escrituramos por la misma vivienda ¿se mantiene el límite de
hasta 9000 euros de desgravación para cada uno?
Explicarse en los siguientes términos:
1. Adquiero mi primera vivienda, escriturando conjuntamente con mi novia
2. Dispongo de una cuenta vivienda que caduca este año (a mi nombre exclusivamente)
3. Mi novia no trabaja (está becada), por lo que no cotiza
4. Los desembolsos totales efectuados hasta el momento superan la cuantía de
mi cuenta vivienda, pero mi parte (considerando que sólo la mitad sería
fiscalmente atribuible) no la superan
Consultas:
1. ¿Puedo declarar (si lo pago yo) un porcentaje de gasto asociado a la
adquisición de primera vivienda superior al 50% de lo entregado? Es decir, al
escriturar a nombre de ambos (al 50%), ¿es obligatorio que cada uno declare
el 50% del gasto?
2. En caso de que pudiera declarar más de la mitad de lo entregado hasta el
momento, ¿hay algún otro límite que legalmente deba respetar?
3. ¿Debo, obligatoriamente, gastar este año (el cuarto en vigor de la cuenta
vivienda) todo el importe de la cuenta vivienda, o puedo mantenerlo y usarlo
para gastos de años posteriores? (Escrituramos el 24 de noviembre, por lo que
este año sólo incluiría un mes de letra). Si esto fuera posible, me
beneficiaría del 25% de desgravación del primer año, pudiendo hacer uso de las
cantidades de la cuenta vivienda en gastos posteriores.
4. ¿Puedo desgravar un 25% de los pagos que superen la cuantía de la cuenta
vivienda, o el límite de 9000 euros incluye los pagos procedentes de dicha
cuenta?
5. Aunque los dos escrituramos por la misma vivienda ¿se mantiene el límite de
hasta 9000 euros de desgravación para cada uno?
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Respuesta de antropofago
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