Cuota autónomo

¿Cómo administrador único de una S.L., la cuota mensual (no se paga con retraso de un mes) puedo contabilizarla en el momento del pago 642 contra 572? ¿O tengo que pasarla por la 476? ¿Es deducible para el I.S.?
Gracias
Respuesta
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Normalmente no se pasa por la 476.
Si se considera gasto deducible en el I.S., y además se refleja en el 190 ( resumen anual de retenciones).
Espero haberte ayudado. Por favor no olvides puntuar: ES MUY IMPORTANTE. Gracias y un saludo. FULMA.

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