Deducciones

Hola, me gustaría saber que es lo que un autónomo se puede deducir y que tanto %.
Por ejemplo: ¿La gasolina--> te deduces el IVA trimestral y el resto como gasto anual?
¿Libros, comidas, material oficina?
Muchas gracias

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En principio, en el IVA, se considera que un vehículo esta afecto a la actividad en un 50%, por lo que sera deducible el 50% de los gastos del vehículo (siempre que se cuente con las correspondientes facturas). Si se considera que el porcentaje de deducción debería ser superior, hay que probarlo.
Este 50% del gasto del vehículo habrá que practicarse a medida que se recoge el mismo en el libro de facturas recibidas. El resto del gasto no es deducible, salvo que se pruebe que el vehículo esta afecto al 100% a la actividad.
Libros: si soon necesarios son deducibles. Material de oficina: deducible. Comidas: en IVA en principio no son deducibles.

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