Cancelación registral

Hola, antes de nada gracias por tu tiempo fulma.
El año pasado cancelamos la hipoteca de nuestra vivienda habitual. Primero
devolvimos el capital y los intereses a la caja y después, a través de una
gestoría y notario que trabajan con la caja, cancelamos la escritura del
préstamo hipotecario en el registro (espero que esté llamando a las
cosas por su nombre).
Mi pregunta es si los gastos y honorarios que ocasionó esa cancelación
registral son deducibles en renta y, en caso afirmativo, cómo practicar la
deducción.
Gracias otra vez.

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Respuesta
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<%=Texto%>los gastos si son deducibles, y la deduccion es el 15 % de las cantidades pagadas. Has de ponerlo en la casilla de deduccion por adquisición de vivienda habitual.
Un saludo. Por favor no olvides puntuar. Gracias. FULMA

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