Reinversión vivienda habitual
Hola Katiaro, necesito ayuda urgente por favor.
En julio del 2002 compre mi actual casa junto con mi novia. La hemos vendido en Diciembre del 2004 para comprarnos otra la cual nos ha sido entregada en mayo del 2005.
Yo desconocía lo de los 3 a;os para que la vivienda se considere habitual y no tener que tributar por la ganancia en la venta.
En Hacienda me han dicho que los casos para estar exento de tributar serian Fallecimiento, matrimonio, traslado laboral y circunstancias análogas.
Te cuento mi situación.
1. Nosotros nos casaremos en Octubre de este a;o. Tu crees que por este matrimonio podríamos estar exentos, ¿aun a sabiendas que la casa vendida era de los dos?
2. He leído en algún otro foro que por nacimiento de hijo, la vivienda no perdería el carácter de habitual aun vendiéndose 3 a;os antes. Nosotros tuvimos una hija en Febrero del 2004
3. La situación verdadera por la que decidimos cambiar de piso fue que vivíamos en Fuenlabrada (20 Km. De Madrid) y mi novia trabajaba en el sur de Madrid. En junio la trasladan dentro de la misma Empresa pero a la parte norte de Madrid otros 20 Km. Más y si a esto le sumamos que tenemos que llevar a nuestra hija a casa de mis suegros que viven en Madrid, decidimos cambiarnos, dejar Fuenlabrada e irnos a vivir a Madrid.
Entiendo que el traslado no justifica ya que es dentro de Madrid, aunque cambiáramos el municipio de la vivienda, ¿pero dada tu experiencia tu crees que esto podría ser una circunstancia análoga?
Ves tu alguna otra alternativa.
1. Empadronar a algún familiar en mi nueva casa.
ETc. Etc.
Muchas gracias por tu futura ayuda.
En julio del 2002 compre mi actual casa junto con mi novia. La hemos vendido en Diciembre del 2004 para comprarnos otra la cual nos ha sido entregada en mayo del 2005.
Yo desconocía lo de los 3 a;os para que la vivienda se considere habitual y no tener que tributar por la ganancia en la venta.
En Hacienda me han dicho que los casos para estar exento de tributar serian Fallecimiento, matrimonio, traslado laboral y circunstancias análogas.
Te cuento mi situación.
1. Nosotros nos casaremos en Octubre de este a;o. Tu crees que por este matrimonio podríamos estar exentos, ¿aun a sabiendas que la casa vendida era de los dos?
2. He leído en algún otro foro que por nacimiento de hijo, la vivienda no perdería el carácter de habitual aun vendiéndose 3 a;os antes. Nosotros tuvimos una hija en Febrero del 2004
3. La situación verdadera por la que decidimos cambiar de piso fue que vivíamos en Fuenlabrada (20 Km. De Madrid) y mi novia trabajaba en el sur de Madrid. En junio la trasladan dentro de la misma Empresa pero a la parte norte de Madrid otros 20 Km. Más y si a esto le sumamos que tenemos que llevar a nuestra hija a casa de mis suegros que viven en Madrid, decidimos cambiarnos, dejar Fuenlabrada e irnos a vivir a Madrid.
Entiendo que el traslado no justifica ya que es dentro de Madrid, aunque cambiáramos el municipio de la vivienda, ¿pero dada tu experiencia tu crees que esto podría ser una circunstancia análoga?
Ves tu alguna otra alternativa.
1. Empadronar a algún familiar en mi nueva casa.
ETc. Etc.
Muchas gracias por tu futura ayuda.
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